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miércoles, 28 de agosto de 2013

Aprobamos incrementar sanciones para quienes atenten contra obras consideradas monumentos artísticos, actualizamos multas por estos delitos

Amigos:

El 29 de abril aprobamos incrementar las sanciones para quienes atenten contra obras consideradas monumentos artísticos y actualizar las multas económicas para estos delitos, estableciéndolas en salarios mínimos vigentes.

El dictamen, aprobado por unanimidad, con 439 votos a favor, reforma diversos artículos de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, busca modificar el marco jurídico para salvaguardar el patrimonio cultural de México.

El documento deriva de una iniciativa presentada en 2011 por la entonces diputada Kenia López Rabadán (PAN).

“El marco jurídico debe sujetarse a actualización, y ser de carácter abarcador y comprensivo, incluyente de las obras y testimonios de todas las épocas de nuestra historia, además de las creaciones y los vestigios humanos que revisten un interés científico y contribuyen al conocimiento de la historia de México”, señala.

Indica que los peligros que corren los bienes patrimonio cultural de México son muy diversos, “como el robo, el saqueo, el vandalismo y la exportación no autorizada de bienes muebles, ya sea para efectos de tráfico ilícito o bien para colecciones personales”.

Entre otras disposiciones, el dictamen instaura prisión de tres a 10 años y multa de 100 a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal (de seis mil 476 a 194 mil 280 pesos) a quien realice trabajos de exploración arqueológica sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

Este delito, actualmente, está sancionado con prisión de uno a 10 años y multa de 100 a 10 mil pesos.

Asimismo, establece que quien ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico histórico o artístico, se le impondrá prisión de tres a 12 años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general.

Además, quien dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de cinco a 12 años, multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal y el cargo del costo de la reparación del daño causado.

También señala que a quien pretenda sacar o saque del país un monumento arqueológico, artístico o histórico, sin permiso del INAH, se le impondrá prisión de cinco a 12 años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.

Finalmente, cualquier persona que introduzca al territorio nacional bienes culturales considerados como patrimonio cultural por el país de origen, sin permiso de las autoridades competentes, se hará acreedor a prisión de tres a 12 años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.

El dictamen aprobado fue enviado al Senado de la República para su discusión y eventual ratificación.

Avalamos dictamen que promueve transición energética y uso de energías renovables en inmuebles de la administración pública federal

Amigos:

En la sesión del 29 de abril, aprobamos por unanimidad, con 440 votos a favor, un dictamen para promover la transición energética y el uso de energías renovables en inmuebles de la administración pública federal, de acuerdo con sus características geográficas, técnicas y económicas.

El dictamen de la minuta que envió el Senado lo presentó al Pleno la Comisión de Energía, adiciona la fracción VIII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, y se turna al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Señala que es indispensable la existencia de un instrumento jurídico adecuado para impulsar en México el uso de energías alternativas a los hidrocarburos y otros energéticos que, además de escasos y costosos, resultan altamente dañinos al medio ambiente.

En el documento se reconoce que el país cuenta con un potencial importante en materia de energías renovables, como son la eólica, solar, maremotriz y otras, y que éstas no han sido desarrolladas ni aprovechadas de manera suficiente.

En este sentido, agrega, resulta pertinente que las dependencias de la administración pública federal utilicen en sus inmuebles dichas energías, en la medida de las características de cada uno de ellos, de su ubicación y de las posibilidades técnicas y financieras.

Resaltarse que dichos aspectos constituyeron algunas de las razones por las que se realizaron diversas modificaciones al marco regulatorio en materia de energía que se llevó a cabo en 2008.

Impulsamos la creación del Servicio Profesional de Carrera Migratoria en el Instituto Nacional de Migración

Amigos:

Les informo que el pasado 29 de abril, los diputados aprobamos por unanimidad, por 432 votos a favor, un dictamen que crea el Servicio Profesional de Carrera Migratoria en el Instituto Nacional de Migración (INM) para mejorar la preparación de los servidores que vigilan el tránsito de los migrantes que pasan por el país.

El dictamen, que reforma los artículos 3 y 25 de la Ley de Migración, define el Servicio Profesional de Carrera Migratoria como un mecanismo que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, permanencia y desarrollo de los servidores públicos con cargos de confianza del INM.

El documento establece que la falta de perfiles adecuados entre el personal encargado del tema migratorio “ha generado no solamente corrupción, sino también el maltrato a los derechos humanos de los migrantes, que por miles pasan por nuestro país”.

Se afirma que por esa razón se requiere de la profesionalización y certificación del personal involucrado, con las adecuaciones que se integran a la Ley de Migración.

Establece que el personal del servicio profesional deberá cursar y aprobar los programas de formación, capacitación y profesionalización, incluyendo normatividad en materia migratoria y derechos humanos, y contar con la certificación respectiva.

El Senado envió a la Cámara de Diputados la minuta y tras la aprobación del dictamen en San Lázaro se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación.

Sancionaremos con multas a quien condicione la educación pública gratuita y pida contraprestaciones económicas en dinero o en especie EQS

Amigos:

Los diputados federales aprobamos reformar el Código Penal Federal para establecer como delito y sancionar con multa el impedir el ingreso o condicionar la permanencia de un estudiante a cambio de contraprestaciones económicas en dinero o en especie.

El dictamen, aprobado por 380 votos a favor, 50 en contra y 12 abstenciones, surge de una iniciativa presentada el 6 de febrero de 2013 por el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM), adiciona un artículo 215 Bis al Código Penal Federal y establece multas de uno a 300 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Se expone que la reforma permitirá el ejercicio pleno del derecho a la educación, mayor equidad educativa e igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos, sancionando a quienes soliciten contraprestaciones económicas en dinero o en especie por ese servicio (cuotas).

“Elevar la conducta que motiva esta iniciativa a tipo penal, traerá como consecuencia la reflexión de los posibles sujetos activos, al existir una medida coercitiva para quien cometa este delito y se abstengan de llevarlo a cabo”, señala.

Se expone que la gratuidad de la educación se establece en la fracción IV del artículo tercero que a la letra dice:

“Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, estados, Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.

En ese sentido, la Ley General de Educación señala en la fracción IV del artículo 65 que las asociaciones de padres de familia tienen la atribución de reunir fondos con aportaciones “voluntarias” de sus miembros.

El dictamen fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

Aprobamos que la CNDH investigue violaciones graves a derechos humanos, cite a comparecer a servidores públicos y presente juicios políticos

Amigos:

Los diputados aprobamos, en la sesión ordinaria del 24 de abril, un dictamen que faculta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a investigar violaciones graves a derechos humanos, citar a comparecer a servidores públicos y presentar juicio político en su contra.

El documento deriva de una iniciativa presentada el pasado 9 de abril por la diputada Miriam Cárdenas Cantú (PRI), fue avalado en lo general por 389 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y en lo particular por 406 votos a favor, y se turnó al Senado de la República para su ratificación.

La propuesta adiciona los títulos VII y VIII a la legislación vigente: Del Ejercicio de la Facultad de Investigación de Violaciones Graves a Derechos Humanos y Del Procedimiento para la Comparecencia de los Servidores Públicos que no acepten o se nieguen a Cumplir las Recomendaciones.

Mediante estas adiciones, se establece que la CNDH podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo solicite el Ejecutivo federal.

La petición del Ejecutivo federal podrá realizarse por conducto de la Consejería Jurídica de la Presidencia, alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un estado, el jefe de gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas.

El presidente de la CNDH decidirá si ejerce la facultad de investigación o no, mediante acuerdo fundado y motivado, y estará autorizado para citar a todos los servidores públicos que considere deban comparecer ante la misma.

El documento establece que todas las autoridades están obligadas a enviar la información que les sea requerida en el curso de la investigación de la comisión, aun la reservada o confidencial.

Asimismo, señala que en las recomendaciones que se emitan con motivo del ejercicio de la facultad de investigación, la CNDH podrá presentar denuncia de juicio político ante la Cámara de Diputados o ante las legislaturas de los estados, según corresponda.

Cuando un servidor público no acepte o incumpla una recomendación de la CNDH, deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa, compareciendo personalmente ante el pleno de la Cámara de Senadores.

Tras la comparecencia, la CNDH determinará, previa consulta con el Senado, si son suficientes la fundamentación y motivación presentadas por la autoridad o servidor público que se hubiese negado a aceptar o a cumplir las recomendaciones emitidas.

Si se determina que los fundamentos son insuficientes y persiste la negativa a aceptar o cumplir la recomendación de la comisión por parte del servidor público, la CNDH podrá denunciarlo ante el Ministerio Público o ante la autoridad administrativa que corresponda. 

Avalamos el uso obligatorio del Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) para transparentar utilización de bienes muebles como garantías crediticias

Amigos:

En nuestra sesión del 24 de abril, los diputados aprobamos un dictamen para obligar a las instituciones financieras a utilizar el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) para transparentar la utilización de bienes muebles como garantías crediticias.

El documento, avalado por 423 votos a favor, 0 en contra y 8 abstenciones, adiciona un párrafo tercero al artículo 1414 bis 7 del Código de Comercio, deriva de la iniciativa propuesta por mi compañero, el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez del PAN en octubre pasado y se turna al Senado de la República.

El documento recuerda que el RUG es una sección del Registro Público de Comercio, a cargo de la Secretaría de Economía (SE), en el cual las personas pueden inscribir todo tipo de garantías mobiliarias, privilegios especiales y derechos de retención sobre bienes muebles para garantizar cualquier crédito.

“Su finalidad es potenciar el uso de bienes muebles como garantías para que las micro, pequeñas y medianas empresas obtengan financiamiento en mejores condiciones, estimulando la inversión, el crecimiento y la competitividad de la economía”, explica.

Agrega que los principales usuarios del RUG son las entidades financieras, incluyendo bancos, financiadores especializados y micro financieras, quienes pueden inscribir garantías mobiliarias de manera directa o indirecta.

La adición aprobada este miércoles tiene como objetivo de que en el momento en que se elabore una demanda donde se reclama el pago de un crédito, el registro ante el RUG constituya un documento determinante para que ésta se admita y se garantice que cualquier probable tercero perjudicado tenga derecho de audiencia.

Establece que en caso de juicio que tenga por objeto el pago de un crédito mediante la obtención de la posesión material de los bienes muebles que lo garantizan, el actor deberá demostrar que realizó una consulta al RUG y establecer el resultado de la misma en su escrito inicial de demanda.

“Existe una necesidad de fortalecimiento del RUG, en cuanto a establecer de forma obligatoria el registro por parte de los acreedores, instituciones financieras de una garantía mueble en el RUG, para que dicha consulta esté disponible en el sitio”, afirma el documento.

Con ello -señala- se evitarían posibles daños a terceros, ya que cuando se presente o exista otro acreedor podrá a acceder a la información de las posibles garantías muebles registradas anteriormente, logrando así mayor transparencia de las transacciones y certidumbre jurídica.

Hacer obligatorio la consulta del RUG también ayudará a saber si el bien está o no libre de gravámenes o anotaciones preventivas, añade.

Aprobamos los diputados reformas a la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y la Ley de Puertos, para describir con mayor precisión la figura de pilotaje o practicaje

Amigos:

Les quiero informar que los diputados federales aprobamos, en nuestra sesión ordinaria del pasado 24 de abril, un dictamen que reforma disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la fracción I del artículo 44 de la Ley de Puertos, para describir con mayor precisión aspectos concernientes a la figura de pilotaje o practicaje.

La reforma sobre una de las figuras más antiguas del derecho marítimo fue avalada por 434 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y se regresa al Senado de la República por los cambios que sufrió.

En el inciso XIV del artículo 2 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo se establece que el pilotaje o practicaje es la actividad que realiza una persona física de nacionalidad mexicana por nacimiento, llamado práctico o piloto de puerto.

Consisten en realizar maniobras de entrada, salida, fondeo, enmienda, atraque o desatraque con las embarcaciones, a fin de preservar la vida humana, el medio ambiente marino, la seguridad de las embarcaciones y de las instalaciones portuarias en las zonas de pilotaje.

La zona de pilotaje se considera a los puertos, terminales, terminales costas afuera, marinas, instalaciones portuarias, canales de navegación, áreas de fondeo, áreas de seguridad y vías navegables, delimitadas y aquéllas en que se determine como obligatorio el pilotaje.

El dictamen reforma diversas disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la fracción I del artículo 44 de la Ley de Puertos, fue presentado en el Senado el 27 de abril de 2010 y enviada a San Lázaro en febrero del 2011.

La Ley de Navegación y Comercio Marítimos considera al pilotaje o practicaje como un servicio de interés público y coadyuvante en la preservación de la seguridad, soberanía e independencia nacionales.

En el documento se recuerda que los pilotos o prácticos de puerto deben ser mexicanos por nacimiento y contar con título profesional sobre la materia.

Asimismo, deben acreditar ante autoridad marítima su experiencia en años de navegación y mando en embarcaciones de más de cinco mil toneladas de registro bruto y obtener previas prácticas y exámenes respectivos, el certificado de competencia que otorga la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Debido a la importancia que tiene el servicio de pilotaje o practicaje, se crea la necesidad de definir claramente dicho concepto y que éste quede previsto en las leyes correspondientes.

En el texto se señala la necesidad de reformar la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley de Puertos para ajustar el marco jurídico a la realidad dominante y fortalecer la actividad de pilotaje o practicaje.

Diputados exhortamos a 20 congresos estatales a aprobar decreto que incluye la competitividad entre principios constitucionales que rigen la rectoría del Estado

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión de 24 de abril los diputados exhortamos a 20 congresos estatales a aprobar el decreto que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política, para incluir la competitividad entre los principios constitucionales que rigen la rectoría del Estado.

El exhorto se hizo de manera directa a los congresos de Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.

En el documento se recuerda que en la Cámara de Diputados aprobamos el 13 de diciembre de 2012 el dictamen que reforma los párrafos primero y último del artículo 25, así como primero y tercero del apartado A del artículo 26 de la Constitución Política.

Para que entre en vigor este dictamen se requiere que, tras su aprobación en el Congreso de la Unión, sea avalado por la mayoría de las legislaturas estatales, por ser una reforma constitucional, lo que hasta la fecha no se ha logrado.

En el documento se señala que uno de los más grandes desafíos que enfrenta el país es recuperar un crecimiento económico suficiente para generar los empleos necesarios.

Entre los requisitos para lograr ese objetivo figura la competitividad y por eso propone incluirla entre los principios constitucionales que rigen la rectoría del Estado del desarrollo económico de la nación y que se encuentran establecidos en el artículo 25 de la Carta Magna.

Con la inclusión de esta reforma en la Constitución, se afirma, el gobierno federal está obligado a conformar una política pública que atienda los rubros que conforman las condiciones de competitividad.

Proposición con Punto de Acuerdo:

“La Cámara de Diputados extiende un exhorto, en pleno respeto al principio de soberanía, a los Congresos de las entidades federativas de: Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.

Para que en uso de sus atribuciones constitucionales y en vista de la importancia del asunto para el desarrollo económico del país, aprueben el proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos primero y último del artículo 25, así como el párrafo primero y tercero del apartado A, del artículo 26, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

lunes, 19 de agosto de 2013

El presidente Peña Nieto firma el decreto de la Reforma Educativa


MÉXICO, D.F. (apro).- El ejecutivo federal publicó el 26 de febrero en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de reforma a los artículos 3 y 73 de la Constitución que garantiza, al menos en el papel, una educación pública de calidad para los mexicanos.
 
Con la reforma, según afirmó el lunes pasado el presidente Enrique Peña Nieto–, el Estado mexicano recuperó la acción rectora y reguladora sobre el sector educativo nacional.
 
Además, según el inciso “d” que se adicionó a la fracción II del artículo 3 constitucional, la educación “será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos”.
 
A la fracción III del mismo artículo se le adicionó un párrafo que asegurará al Estado la acción rectora de la educación y en particular del magisterio, por encima del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) liderado por Elba Esther Gordillo.
 
Señala el precepto legal:
 
“…el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan.
 
“La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley”.
 
Asimismo, se adicionó la fracción IX por el que se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa cuya función será garantizar la prestación de servicios educativos de calidad. Dicho sistema será coordinado por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) que tendrá carácter público, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
 
Al INNE le corresponderá evaluar la calidad, desempeño y resultados del sistema educativo
nacional de la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.
 
Será dirigido por una Junta de Gobierno compuesta por cinco integrantes propuestos por el Ejecutivo y aprobados, previa comparecencia, por las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de Senadores.
 
Cada uno de los integrantes desempeñará su encargo por siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. El presidente de la Junta de Gobierno será elegido con voto mayoritario de tres de sus integrantes y durará en el cargo cuatro años.
 
El presidente tendrá que entregar cinco ternas a la Cámara de Senadores, dentro de los próximos 60 días a partir de la publicación de la reforma, para elegir a los cinco integrantes de la Junta de Gobierno.
 
En tanto, el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las reformas a la Ley General de la Educación correspondientes, a más tardar en in plazo de seis meses, a partir de la publicación del decreto.
 
El artículo 73 fue modificado para armonizarlo con el objetivo de establecer el Servicio Profesional docente y tener una mejora continua de la educación “en un marco de inclusión y diversidad”.

Ver decreto

domingo, 18 de agosto de 2013

Reformamos la Ley Federal del Trabajo para prohibir extracción de carbón en pozos o cuevas a profundidades menores de 100 metros, los llamados pocitos

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 11 de abril, los diputados aprobamos reformar la Ley Federal del Trabajo para prohibir la extracción de carbón en pozos o cuevas a profundidades menores de 100 metros, en los llamados pocitos, y fijar prisión y multa económica por eventual muerte de trabajadores.

El dictamen modifica los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de esa ley, en relación con extracción de carbón, faenas subterráneas, riesgos de trabajos en minas, seguridad en extracción de carbón y actividades diversas relacionadas.

El documento lo elaboró la Comisión de Trabajo y Previsión Social tras analizar iniciativas de los diputados Adolfo Bonilla Gómez (PRI) y Mario Dávila Delgado (PAN), presentadas por separado en noviembre pasado.

En noviembre pasado el Congreso de la Unión aprobó, como iniciativa preferente, la reforma laboral, y ahora se plantean ajustes en lo que se refiere a los trabajos en minas de carbón.

El dictamen, que se envía al Senado de la República para su eventual ratificación, fue aprobado en lo general por 443 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, posteriormente se avalaron cuatro reservas (PAN, PVEM, PRI) con 327 votos a favor, 110 en contra y cero abstenciones.

En el artículo 343 A se establece que queda prohibido el trabajo en pozos o cuevas para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros o mediante el empleo de botes.

Asimismo, prohíbe el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, entendiéndose por esto a los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras se llevan a cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas.

En los incisos III y IV del artículo 343-E se fija prisión de tres a seis años y multa de hasta cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, “cuando por omisiones en el cumplimiento de lo dispuesto en los propios artículos de la Ley del Trabajo y se produzca la muerte de uno o varios trabajadores”.

También establece prisión de seis a nueve años y multa de hasta 10 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando muera uno o varios trabajadores por realizar trabajos de extracción de carbón mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros.

Asimismo, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras y donde no se observen, las medidas de seguridad que correspondan, para proteger la vida de los trabajadores.

Una de las reservas aprobadas se refiere al último párrafo del artículo 343-C para establecer que cuando un patrón de minero no cumpla con sus responsabilidades en caso de que haya un accidente, el titular de la concesión minera sea obligado subsidiario.

En el documento se asegura que las actividades mineras registran riesgos laborales generalizados en extracción de carbón, debido a que los procesos y técnicas son artesanales y rudimentarios, además de que omiten la normatividad en materia de seguridad.

Por esa razón, los riesgos en faenas subterráneas son frecuentes, especialmente cuando se utilizan explosivos o por la presencia de gases tóxicos, empleo de maquinas y equipos, aguas subterráneas y otros.

A estas circunstancias se suman factores humanos, las incipientes inversiones, dispersión geográfica, abandono, ausencia de tecnología, de licencias, permisos y autorizaciones legales, que incrementan los riesgos de trabajo.

Ante esa situación, se requiere minimizar o eliminar las prácticas mineras de elevado riesgo e implementar las medidas, programas y acciones para complementar, ampliar o adicionar, lo relativo a la seguridad minera y en la extracción de carbón en tiros verticales, cuevas y pozos carboneros.

Con estas medidas se pretende evitar y prevenir fatalidades o desgracias como el incidente que en 2006 dejó 65 muertos en la mina Pasta de Conchos, Coahuila, cuyos trabajadores demandaban incrementos salariales y revisión de las medidas de seguridad y salud precarias y obsoletas que prevalecían.

En el documento aprobado se señala la necesidad de que las empresas inviertan para modernizar el sector y que el Estado diseñe políticas adecuadas con una legislación clara.

sábado, 17 de agosto de 2013

Reformamos la Ley sobre trata de personas para que víctimas, ofendidos y testigos, reciban información sobre sus derechos en su idioma, dialecto o lengua

Amigos:

Les comunico que en la sesión ordinaria del 20 de marzo, los diputados aprobamos que en casos de trata de personas, los tres órdenes de gobierno proporcionen a víctimas, ofendidos y testigos, información sobre sus derechos en el idioma, dialecto o lengua que comprendan, y de acuerdo a su edad.

El dictamen, avalado por 332 votos a favor, 98 en contra y tres abstenciones, reforma el artículo 62 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Señala que la información que se proporcione a las víctimas deberá ser conforme a su edad para garantizar su integridad psicológica y la protección de su identidad e intimidad.

"Asimismo, deberán proporcionar a las víctimas en un idioma o lengua, con su respectiva variante lingüística, que comprendan, y de acuerdo a su edad, información sobre sus derechos, garantizando su integridad psicológica y la protección a su identidad e intimidad", establece.

En el documento se recuerda además, que la Constitución establece que las víctimas de trata de personas deberán tener información en su idioma, lengua o dialecto, pero se aclara que no sólo las víctimas pueden expresarse en un idioma distinto al español y se extiende este derecho a los ofendidos y testigos.

El delito de trata de personas es el segundo más redituable para la delincuencia organizada, desplazando el tráfico de armas y sólo por debajo del tráfico de drogas.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geográfica (INEGI), existen 3.6 millones de personas obligadas a trabajos forzados en condiciones de trata, de las cuales 31 por ciento son menores de edad de entre 5 y 17 años, y 70 por ciento son indígenas y migrantes, quienes realizan trabajos que atentan contra su seguridad y salud.

En México, el 45 por ciento de las víctimas del delito de trata son niñas indígenas.

De acuerdo con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), México ocupa el lugar número tres respecto a América Latina y el Caribe en el tema de trata de personas.

El dictamen fue enviado a la Cámara de Senadores para su análisis y dictamen. 

Avalamos un dictamen para combatir la obesidad infantil

Amigos:

En la sesión ordinaria del 20 de marzo, los diputados avalamos con 442 votos a favor, un dictamen que busca combatir el creciente problema de la obesidad infantil en el país, “uno de los problemas de salud pública más graves del siglo XXI”.

El dictamen, emanado de una iniciativa presentada por la diputada Carla Alicia Padilla Ramos (PVEM), en noviembre de 2012, reforma el artículo 28, inciso D, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En este artículo, establece que las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de combatir la desnutrición y la obesidad mediante la promoción de una alimentación adecuada.

El documento afirma que en México la obesidad contribuye a un número cercano a 200 mil muertes por año, al ser un importante factor de riesgo para padecer enfermedades crónico-degenerativas como diabetes mellitus tipo 2, enfermedades isquémicas del corazón, cerebro-vasculares e hipertensivas.

Señala que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) realizada en 2006, el sobrepeso y la obesidad se incrementaron en el país, al alcanzar alrededor de 30 por ciento en los niños y hasta 70 por ciento en los adultos.

Agrega que el sobrepeso y la obesidad infantil están detonando la aparición de diversas enfermedades que anteriormente sólo se veían en la población adulta.

“El combate de la obesidad debe ser una estrategia prioritaria de salud pública entre los tres órdenes de gobierno, debe iniciarse en la infancia, continuarse a lo largo de la vida y tener la participación activa y comprometida del personal de la salud, junto con los otros sectores de la sociedad”, concluye.

El dictamen se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

Aprobamos crear la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para establecer criterios conforme a estándares internacionales

Amigos:

Por este medio quiero informarles que en la sesión ordinaria del 28 de febrero aprobamos, con 423 votos a favor, 12 en contra y una abstención, un dictamen que crea la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, con el objetivo de fortalecer el marco jurídico del sector, en materia de solvencia, estabilidad y seguridad.

Se establecen criterios conforme a los estándares y prácticas internacionales, de acuerdo al documento avalado en el Pleno.

La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas reforma la Ley Sobre el Contrato de Seguro y abroga la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

El Ejecutivo federal presentó la iniciativa el 25 de octubre de 2012 en el Senado de la República, que la remitió a la Cámara de Diputados y ahora se envía al Ejecutivo para su promulgación.

La nueva ley contempla que mediante una fórmula general o modelos internos, las instituciones determinen el capital necesario para cumplir con sus obligaciones.

Establece la posibilidad de que puedan contar con modelos internos para calcular su requerimiento de capital de solvencia, considerando los riesgos a los que están expuestas, lo que tendrá que ser autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

La Ley incorpora una serie de mecanismos para fortalecer sus estructuras de gobierno corporativo con el propósito de que las aseguradoras y afianzadoras estén en posibilidad de cumplir el nuevo régimen de solvencia que se propone.

Su consejo de administración deberá instrumentar un sistema eficaz de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de su actividad.

Este consejo será responsable, entre otros, de temas vinculados con la suficiencia de los recursos, reservas técnicas y la política de inversión.

También deberá establecer las medidas y procedimientos que permitan que las instituciones cumplan con el esquema de solvencia y un sistema de control interno que coadyuve a alcanzar el propósito referido.

Adicionalmente, las instituciones de seguros y de fianzas tendrán obligaciones para transparentar su situación financiera frente al mercado y dar a conocer información sobre su perfil de riesgo y nivel de capitalización.

La Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas homologará el marco jurídico aplicable a los sectores de seguros y de fianzas, con las reformas que se efectuaron a la Ley de Instituciones de Crédito en 2008 y en la Ley del Mercado de Valores de 2005.

Conjuntamente lleva a cabo una redistribución de las facultades que tienen asignadas las autoridades financieras en torno a una política pública, operación y supervisión, para delimitar sus ámbitos de actuación.

Las autoridades involucradas en estos casos son la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

La reforma a la Ley sobre el Contrato de Seguro incorpora las reglas específicas relativas al contrato de seguro de caución, perfecciona el régimen de los seguros obligatorios y regula la concurrencia de seguros en el caso de seguros contra la responsabilidad.

También tiene otras precisiones que buscan dar certidumbre a los asegurados y beneficiarios en la contratación de seguros.

Exhortamos al Ejecutivo a que en el Plan Nacional de Desarrollo se consideren prioritarias las actividades del sector social de la economía

Amigos:

En nuestra sesión ordinaria del 28 de febrero, hicimos un exhorto al titular del Poder Ejecutivo federal para que en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo considere prioritarias las actividades del sector social de la economía, para impulsar el crecimiento económico del país.

Se pretende dar prioridad a las actividades del sector social como palancas desarrollo en el Plan maestro del sexenio, de acuerdo con el punto de acuerdo aprobado por el Pleno.

El documento recuerda que la aplicación de este tipo de políticas públicas en las economías de algunos países sustentan su efectividad en el desarrollo nacional.

Datos del 2012, aseguran que a nivel mundial las cooperativas cuentan con casi mil millones de socios y generan 100 millones de empleos, un 20 por ciento más que las firmas multinacionales.

En este mismo año, las ventas de las 300 empresas cooperativas más grandes del mundo suman 1.1 trillones de dólares, importe comparable al Producto Interno Bruto (PIB) de algunas de las economías nacionales más importantes.

La propuesta presentada por la Junta de la Coordinación Política (Jucopo) recuerda que el Plan Nacional de Desarrollo deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, en este caso el pasado 1 de diciembre.

Facultamos a Procuraduría de la Defensa del Trabajo para que pueda celebrar convenios conciliatorios entre patrón y trabajador

Amigos:

El 18 de abril, en la sesión ordinaria, los diputados aprobamos por unanimidad, con 438 votos a favor, un dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo para facultar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a que pueda celebrar convenios conciliatorios entre un patrón y un trabajador.

Dichos convenios tendrán las mismas consecuencias jurídicas y el mismo reconocimiento que si se hubiere firmado en la Junta de Conciliación y Arbitraje.

El dictamen reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo y surge de una iniciativa presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González (MC) el 13 de noviembre de 2012, tras su aprobación en San Lázaro se turna al Senado de la República para su dictaminación.

En las consideraciones se expone que el objeto de la reforma se encuentra prevista actualmente en el artículo 32 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo que establece:

“Las actas y los convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, a las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados.”

Si bien el Reglamento prevé mecanismos de conciliación, es viable dar un rango de ley a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, mismo que al ser incorporado a la Ley Federal del Trabajo podrá citar a las partes interesadas para celebrar pláticas conciliatorias, con el objeto de solucionar sus conflictos.

Estas acciones podrán realizar a través de actas o convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio, mismos que tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados.

Durante la discusión del dictamen, el Pleno avaló una reserva presentada por la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa (PRD), por la que se aprobó incluir una frase al texto propuesto en la iniciativa.

De tal manera, se estableció que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo podrá celebrar los convenios antes descritos, “siempre que contengan una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y que no contengan renuncia de los derechos de las y los trabajadores”.

viernes, 16 de agosto de 2013

La Cámara de Diputados aprobó la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, avalada el pasado 14 de marzo por el Senado

Amigos:

En la Cámara de Diputados se aprobó,  en la sesión del 9 de abril, con 237 votos a favor, 125 en contra y 99 abstenciones, la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027 del presidente Enrique Peña Nieto, avalada en el Senado de la República el pasado 14 de marzo.

Durante el posicionamiento de las fracciones parlamentarias, diputados del PRI, PVEM y Nueva Alianza se pronunciaron a favor del documento, pero los del PRD, PT, Movimiento Ciudadano y PAN lo cuestionamos, nos manifestamos y votamos en contra.

El pasado 4 de abril fue aprobada en la Comisión de Energía con el aval del PRI, PVEM y Nueva Alianza, mientras que los grupos parlamentarios de izquierda, PRD, PT y MC, votaron en contra y el PAN se abstuvo.

Al fundamentar la propuesta del Ejecutivo federal, el diputado Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (PRI), secretario de la Comisión de Energía, explicó que la estrategia establece un plan de acción a implementarse los siguientes 15 años.

El planteamiento busca atender la creciente demanda del sector de forma eficiente, segura y sustentable; sus objetivos estratégicos son el apoyo al crecimiento económico y la inclusión social, agregó.

El dictamen aprobado es enviado al Ejecutivo federal para su promulgación. 

Avalamos 10 dictámenes que piden a distintos órdenes de gobierno acciones sobre equidad de género y combate a violencia y discriminación

Amigos:

En la Cámara de Diputados, los diputados aprobamos 10 dictámenes que piden a autoridades federales y estatales, así como a congresos locales acciones a favor de la equidad de género y combate a la violencia y la discriminación.

Los 10 dictámenes fueron avalados en paquete por la mayoría de los diputados en el Pleno, al ser considerados como puntos de acuerdo de urgente y obvia resolución.

Exhorto al Ejecutivo federal a que fortalezca los programas y mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres.

Solicitar a los congresos locales armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal, en materia de Feminicidios.

Solicitar a la Procuraduría General de la República (PGR) que coadyuve con la Procuraduría de Tabasco en las investigaciones relacionadas con los asesinatos de adolescentes y mujeres en el municipio de Tacotalpa.

Exhortar a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa a aplicar las medidas necesarias para atender el creciente índice de feminicidios en la entidad.

A la PGR le pedimos que coadyuve con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en Tula, Hidalgo.

Pedimos al gobernador de Querétaro y al Congreso local realizar los trabajos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio.

Avalamos también exhortar a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable Centros de Justicia para Mujeres y para que sean reforzados en aquellas entidades donde ya existen.

También pedimos al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales.

Solicitamos que el gobierno federal revise las reglas de operación de los programas contenidos en el anexo “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2012.
Exhortamos a los congresos estatales a armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular.

Exhortamos, los diputados al gobierno federal y a congresos estatales a implementar acciones en beneficio de las niñas, niños y adolescentes

Amigos:

En la Cámara de Diputados, los diputados respondemos a la niñez al aprobar tres dictámenes con punto de acuerdo por los que exhortamos al gobierno federal y a congresos estatales a implementar acciones en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.

Los diputados avalamos solicitar al ejecutivo federal que organice e instale el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

En otro punto, pedimos a las secretarías de Gobernación y de Educación Pública establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de las menores de edad en Internet.

Dentro de ese apartado exhortamos a las legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que legislen en la materia.

También exhortamos a los congresos locales para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución, los convenios internacionales suscritos y ratificados por México para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Las proposiciones de acuerdo fueron remitidas por la Comisión de Derechos de la Niñez.

Reforzamos normas de seguridad, higiene y ambientales en los servicios del transporte aéreo, como requisito para concesiones o permisos

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 4 de abril, los diputados aprobamos un dictamen que reforma la Ley de Aviación Civil con el propósito de fortalecer las medidas y normas de seguridad, higiene y ambiental en los servicios del transporte aéreo, como requisito para las concesiones o permisos.

El dictamen, aprobado con 403 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, reforma los artículos 6, 15 y 76 y adiciona un artículo 76 Bis a la Ley de Aviación Civil.

Faculta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a expedir y aplicar, en coordinación con otras dependencias competentes, las medidas y normas de seguridad e higiene, así como en materia ambiental, en los servicios de transporte aéreo.

El artículo 15 de la Ley de Aviación Civil señala que el infringir estas medidas y normas, será una de las causas para revocar las concesiones o permisos.

En el artículo 76, el dictamen establece que las aeronaves que sobrevuelen, aterricen o despeguen en territorio nacional, deberán observar las disposiciones que correspondan en materia de protección al ambiente, particularmente, en relación a la homologación de ruido y emisión de contaminantes.

Se impulsan estándares internacionales en materia de mitigación del ruido y emisiones contaminantes.

Las empresas deberán reportar a la SCT, en el periodo y en la forma en que la misma determine, sobre las medidas operativas, técnicas y económicas que hayan adoptado para cumplir con las disposiciones en materia de protección al ambiente.

Señala que esa secretaría fijará los plazos para que se realicen adecuaciones en las aeronaves que así lo requieran y, en su caso, establecerá los lineamientos para la sustitución de la flota aérea y para mejoras tecnológicas de las aeronaves y sus combustibles.

En su artículo 76 Bis se establece que la SCT establecerá convenios o acuerdos de coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para promover la eficiencia en las operaciones e infraestructura aeroportuaria.

Con esta medida se pretende reducir el ruido y emisiones contaminantes en los servicios de transporte aéreo.

martes, 6 de agosto de 2013

Establecemos indemnización del 100 por ciento para usuarios aéreos que pierden sus vuelos por causas imputables a la empresa

Amigos:

En la Cámara de Diputados aprobamos, el 4 de abril, un dictamen que obliga a concesionarios o permisionarios aéreos a indemnizar al usuario con el 100 por ciento del precio del boleto cuando se expidan en exceso a la capacidad de la aeronave o cancelen vuelos por causa imputable a la empresa.

La reforma eleva el monto de la indemnización, ya que el texto vigente establece una devolución que no será inferior al 25 por ciento del precio del boleto.

Por 403 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno avaló el dictamen de la Comisión de Transportes que reforma el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil y la minuta se envió al Senado de la República para su análisis y dictaminación.

El dictamen surge de tres iniciativas presentadas durante la LXI Legislatura, de los entonces diputados Ana Estela Durán Rico (PRI), Marcos Pérez Esquer (PAN) y Paula Angélica Hernández Olmos (PRI) y de dos más de los diputados de la actual LXII, Lourdes Eulalia Quiñones Canales (PRI) y Ricardo Monreal Ávila (MC).

En las consideraciones se plantea la necesidad de mejorar el control de la práctica de sobreventa que ejercen las aerolíneas comerciales, mejorando la protección a los usuarios del transporte aéreo.

Se precisa que legislaciones a nivel internacional siguen el mismo cauce, privilegiando el derecho del usuario en casos donde se afecta su transportación por causas imputables a la compañía aérea.