Por el otro lado, el mismo poder legislativo en innumerables ocasiones viola la constitución haciendo leyes a modo, al contentillo de los poderes fácticos del país, otorgando disposiciones legales que inconstitucionalmente hace excepciones del mandato dictado por la ley suprema, para que luego la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, legalice esas ilegalidades que flagrantemente violan la constitución. Innumerables ejemplos tenemos caso cotidianamente, destacándose las disposiciones anticonstitucionales de las reformas fiscales y las de telecomunicaciones.
Para cerrar con broche de oro, el gobierno constantemente viola la ley no aplicando cabalmente los recursos del erario a los proyectos que debe realizar, desde la obra pública, los servicios, compras y arrendamientos, y el poder legislativo se presta a la colusión con el poder ejecutivo para realizar un toma y daca superlativo con los fondos del presupuesto que es propuesto por el ejecutivo y resuelto por el legislativo, en donde hay prebendas, moches, conflictos de interés y un sinnúmero de transas.
Ahora bien, ¿cuál debe ser el camino para evitar estas violaciones constantes al estado de derecho que debe de imperar en el país? Creemos nosotros que debemos de establecer un sistema que en primer lugar transparente todas las acciones de gobierno, que no haya acto administrativo que no vaya acompañado de una transparencia total e inmediata.
Ahora, con la tecnología que disponemos, esto es posible, a través del uso de la Internet, en donde se pueden establecer Portales en donde, por regla general, se exhiban los programas de gobierno, las licitaciones, contratos, en donde se televisen las juntas de aclaraciones y demás interacciones presenciales de los contratistas de gobierno con las autoridades regulatorias. Esto se pueda hacer en vivo y en tiempo real. Se pueden establecer mecanismos legales en donde se declaren nulos los actos administrativos que no de hayan transparentado, y cause baja de inmediato el servidor público que haya fallado en transparentar el acto de que se trate.
El poder legislativo y el judicial, pueden abrir todos sus procesos a nivel de Comisiones, Juntas y Mesas Directivas, en todos los niveles, así como los procedimientos judiciales del nuevo sistema penal oral acusatorio y los demás expedientes judiciales civiles y mercantiles, con las reservas de protección de datos que sean necesarios.
Si el gobierno en todos sus poderes y niveles opera en una caja de cristal, vamos a tener el mejor sistema disuasivo de los actos de corrupción, si esa transparencia la aderezamos con un amplio sistema de participación ciudadana, a través de observatorios, contralorías sociales y grupos especializados que constantemente estén revisando la actuación del gobierno, además de los sistemas gubernamentales que se establezcan en la Secretaría de la Función Pública y sus órganos equivalentes en el resto del país, tendríamos una caída en la corrupción estrepitosa, si el sistema se completa con una adecuada persecución de los corruptos que se atrevan a realizar sus ilegales actos a pesar de la transparencia.
Sin embargo, por desgracia, la lucha que se está dando en el Senado, si se pierde, nos puede llevar a un caos nacional. Por ejemplo, sabemos que hay fuerzas que pretenden revertir la transparencia que se creó en la reforma energética, que es la más avanzada que hasta ahora existe en el país, para hacer opacos el sistema de asignaciones y contratos para la exploración y extracción del hidrocarburos del subsuelo. Si esto llegare a suceder, entonces no habría control alguno para que los corruptos del gobierno hicieran negocios sucios de montos incalculables, a expensas del patrimonio energético de los mexicanos.
Ya tenemos una reforma constitucional de transparencia, que ha establecido la infraestructura jurídica nacional para lograr el ideal de transparencia descrito. No debemos dejar que, de nueva cuenta, los intereses de poder se salgan con la suya, para beneficio de México y la oportunidad de tener un país que aspire a entrar a las ligas mayores del desarrollo, con justicia, paz y un entorno propicio para que los mexicanos tengamos las condiciones adecuadas para el logro de nuestros anhelos en la vida.
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lunes, 1 de junio de 2015
Peña Nieto promulga reforma que da paso al Sistema Nacional Anticorrupción
Dijo que será vencida la incredulidad sobre la capacidad de México para erradicar el cohecho, la extorsión y el tráfico de influencias
CIUDAD DE MÉXICO, 28 de mayo.- Al promulgar la reforma constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción, el presidente Enrique Peña Nieto aseguró que así como México venció las dudas que se tenían en el pasado respecto a transitar hacia una democracia plena y con alternancia, hoy logrará erradicar con éxito el flagelo de la corrupción.
Ante representantes de los poderes de la Unión, institutos autónomos, líderes de partidos políticos y académicos, el mandatario aseveró que esta reforma estructural tiene como objetivo central combatir la impunidad en el servicio público.
Un cambio estructural para combatir con mayor eficacia el cohecho, la extorsión o el tráfico de influencias en el servicio público, advirtió el mandatario.
“En pocas palabras, es una reforma contra la impunidad. Como Presidente de la República estoy firmemente comprometido con el combate frontal a la corrupción y con el fortalecimiento con la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas”.
Una reforma que, admitió el Ejecutivo federal, llega en medio de un escenario de percepción negativa de la sociedad hacia sus autoridades y en el que México es ubicado en el lugar 103 de 175 naciones según el Índice 2014 de Percepción de la Corrupción elaborado por Transparencia Internacional.
El Sistema Nacional Anticorrupción tiene cinco puntos fundamentales: Crea un Comité Coordinador con los sistemas estatales de combate a la corrupción, que agrupará a distintas instancias, como la Secretaría de la Función Pública, el Consejo de la Judicatura Federal, el Instituto Nacional de Transparencia y el Comité de Participación Ciudadana.
Fortalece y amplía las facultades de fiscalización de la Auditoría Superior de la Federación, además, amplía de 3 a 7 años la prescripción de faltas administrativas graves, dotando a la justicia de un alcance transexenal.
En tercer lugar, se crea el Tribunal Federal de Justicia Administrativa que podrá sancionar a servidos públicos y ahora también a particulares.
Cuarto: a partir de esta reforma, el Senado de la República ratificará el nombramiento del titular de la Secretaría de la Función Pública.
Y quinto: la reforma faculta al Congreso de la Unión para expedir, en un plazo máximo de un año, la ley general que establezca las bases de coordinación del nuevo Sistema Nacional Anticorrupción.
Otros elementos que contempla esta reforma son el que los servidos públicos presenten obligatoriamente su declaración patrimonial y de conflicto de interés. En caso de enriquecimiento ilícito, se procederá a la extinción de dominio.
“Hoy, México tiene en las reformas constitucionales en materia de Transparencia y de Combate a la Corrupción, dos pilares para lograr una gestión pública basada en la integridad y en la rendición de cuentas.
“Con estas reformas que se han logrado alcanzar en materia de Transparencia y en este Sistema Nacional Anticorrupción, se logran dos importantes objetivos:
El secretario de la Función Pública, Virgilio Andrade, consideró que el Sistema Nacional Anticorrupción llega en un momento crucial para México, “porque es imprescindible que se frene el abuso de poder para que no se vulneren los derechos humanos; que se frene el uso indebido de los recursos públicos para que no se socaven los derechos sociales”.
Afirmó que esta reforma constitucional coadyuvará a fortalecer el clima de legalidad en el desarrollo de negocios, en las inversiones, en el comercio; y en consolidar condiciones de transparencia en el desarrollo de infraestructura y la aplicación de los programas sociales.
En tanto, Miguel Barbosa, presidente del Senado, reconoció que un asunto pendiente a debatir en el futuro será el del fuero constitucional para los políticos, sólo que esto se concretará cuando exista “un equilibrio político más maduro”.
Las claves
Tribunal Federal de Justicia Administrativa. De nueva creación. Será el órgano competente para imponer las sanciones a los servidores públicos y particulares que incurran en actos de corrupción.
La Sala Superior del Tribunal se compondrá de dieciséis magistrados que durarán en su encargo quince años improrrogables.
Estados y municipios. La Auditoría Superior de la Federación (ASF) fiscalizará los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y las delegaciones.
Fideicomisos. La ASF fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y privados (hasta ahora inescrutables).
Ejercicios anteriores. La ASF podrá solicitar y revisar, de manera casuística y concreta, información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión.
Informes. La ASF deberá entregar a la Cámara de Diputados, los días 1 de los meses de mayo y noviembre de cada año, un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas.
Cooperación. Los Poderes de la Unión, las entidades y las demás entidades fiscalizadas facilitarán los auxilios que requiera la ASF para el ejercicio de sus funciones, so pena de ser sancionados.
Sanción. Los servidores públicos federales y locales deberán proporcionar la información y documentación que solicite la ASF. En caso de no proporcionar la información, serán sancionados en los términos que establezca la ley.
Declaración patrimonial. Los servidores públicos estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley.
Enriquecimiento ilícito. Las leyes determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su encargo, o por motivos del mismo, por sí o por interpósita persona, aumenten su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños sobre ellos, cuya procedencia lícita no pudiesen justificar.
Denuncia ciudadana. Cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular denuncia ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión respecto de las conductas a las que se refiere el presente artículo.
Sistema Nacional Anticorrupción. Es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.
Comité de Participación Ciudadana. Deberá integrarse por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción y serán designados en los términos que establezca la ley.
domingo, 24 de mayo de 2015
El Sistema Nacional Anticorrupción contará con un Comité Coordinador entre instancias federales, estatales y municipales
Las reformas constitucionales
para establecer el Sistema Nacional Anticorrupción, aprobadas este jueves en la
Cámara de Diputados, incluyen la creación de un Comité Coordinador entre las
diversas instancias involucradas a nivel federal, estatal y municipal.
Este Comité Coordinador estará
integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), de
la fiscalía responsable del combate a la corrupción, de la Secretaría del
Ejecutivo federal responsable del control interno y por el magistrado
presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Asimismo, por el comisionado
presidente del organismo garante que establece el artículo 6o de la
Constitución (relacionado con el derecho a la información), un representante
del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación
Ciudadana.
Al Comité Coordinador del Sistema
le corresponderá determinar mecanismos de coordinación con los sistemas
locales, por lo que se contará con una lógica deliberativa con capacidad de
incidencia nacional.
Se plantea facultarlo para el
diseño y promoción de políticas integrales en materia de fiscalización y
control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas
administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los
generan.
Para transparentar sus
actuaciones, el Comité Coordinador del Sistema tendrá que elaborar un informe
anual que contenga los avances y resultados del ejercicio de sus funciones y de
la aplicación de políticas y programas en la materia.
Asumirá la atribución de emitir
recomendaciones a las autoridades, con el objeto de que adopten medidas
institucionales dirigidas al fortalecimiento institucional para la prevención
de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como al mejoramiento de
su desempeño y del control interno.
Las autoridades destinatarias de
las recomendaciones informarán al Comité sobre la atención que brinden a las
mismas.
Se contempla un esquema
preventivo para que las autoridades competentes cierren cualquier espacio a la
discrecionalidad y al abuso de la autoridad, corrigiendo los procedimientos y
los entornos donde la corrupción haya sido observada de manera sistemática.
En las reformas aprobadas por la
Cámara de Diputados, para crear este Sistema Nacional Anticorrupción, también
se plantea la participación activa de la sociedad, con el propósito de
fortalecer las acciones encaminadas a la prevención, detección y sanción de
actos de corrupción.
En este sentido, se propone
contar con un Comité de Participación Ciudadana, que estará conformado por
cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia,
la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Se hará de éste una
instancia meritocrática y especializada.
Las entidades federativas deberán
instituir sistemas locales anticorrupción, como mecanismos de coordinación para
el diseño, evaluación de políticas de educación, concientización, prevención,
detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción,
así como la promoción de la integridad pública.
Se faculta al Congreso de la
Unión para expedir la ley general que establezca las bases de coordinación del
Sistema Nacional Anticorrupción, el cual pretende homologar acciones entre los
diferentes órdenes de gobierno para la generación de mayores estándares de
integridad pública y combate a la corrupción.
Se fortalece la Auditoría
Superior de la Federación (ASF) al ampliar sus facultades para realizar
auditorías en tiempo real, además de su informe anual, y sobre posibles actos
irregulares cometidos en ejercicios fiscales anterioers.
A su vez, podrá fiscalizar las
participaciones federales a estados y municipios, así como recursos federales
que se destinen y se ejerzan por fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y
privados.
Habrá un nuevo esquema para el
fincamiento de responsabilidades a los servidores públicos y, en su caso, a
particulares que participen en la comisión de faltas administrativas.
El Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa se transforma en el nuevo Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, el cual conservará su competencia actual en las materias fiscal
y administrativa.
A la nueva instancia se adicionan
competencias en materia de imposición de sanciones por responsabilidades
administrativas graves a los servidores públicos de la federación y, en los
casos previstos en la Constitución, a los de los estados, municipios, Distrito
Federal y sus demarcaciones territoriales, así como a los particulares
involucrados en faltas administrativas graves.
Figura un nuevo esquema de
responsabilidades administrativas de los servidores públicos y de los
particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como de hechos
de corrupción en que incurran.
Los tribunales en la materia
podrán determinar la responsabilidad de los particulares por participación en
hechos vinculados con faltas administrativas graves y, en su caso, se les
determinarán las sanciones correspondientes.
En el Sistema Nacional
Anticorrupción se incluye la declaración patrimonial y de conflictos de
intereses de los servidores públicos, quienes estarán obligados a presentarlas
ante las autoridades competentes y en los términos que determinen las leyes
aplicables.
Al titular de la Secretaría de la
Función Pública será propuesto por el Ejecutivo, pero ratificado por el Senado
de la República.
Con esta medida se pretende
generar esquemas de corresponsabilidad entre poderes y contrapesos que
garanticen que quien realice las funciones de contralor del servicio público
del Ejecutivo federal, cuente con la imparcialidad necesaria para el desempeño
de sus funciones a la luz de su ratificación democrática.
Asimismo, se amplía el plazo de
tres a siete años para la prescripción de sanciones administrativas graves.
En los artículos transitorios de
estas reformas se establece que el Congreso de la Unión contará con el plazo de
un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para aprobar las
leyes generales a que se refieren las fracciones XXIV y XXIX-V del artículo 73
de esta Constitución, así como las reformas a la legislación establecida en las
fracciones XXIV y XXIX-H de dicho artículo.
Además, deberá realizar las
adecuaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el
objeto de que la Secretaría responsable del control interno del Ejecutivo
federal asuma las facultades necesarias para el cumplimiento de lo previsto en
el presente Decreto y en las leyes que derivan del mismo.
El Congreso de la Unión, las
Legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal,
deberán, en el ámbito de sus respectivas competencias, expedir las leyes y
realizar las adecuaciones normativas correspondientes, dentro de los 180 días
siguientes a la entrada en vigor de las leyes generales a que se refiere el
Segundo Transitorio del presente Decreto.
Aprobamos en lo general dictamen que crea el Sistema Nacional Anticorrupción
Amigos
y amigas:
Les
informo que en la sesión ordinaria del 26 de Febrero de 2015 en la Cámara de
Diputados aprobamos, en lo general, el dictamen con reformas constitucionales
que crea el Sistema Nacional Anticorrupción, y de inmediato inició la discusión
de unas 40 reservas.
Alrededor
de las 12:00 horas, la Mesa Directiva dio primera lectura del dictamen que
presentó la Comisión de Puntos Constitucionales y posteriormente el Pleno
aprobó, en votación económica, dispensar los trámites e iniciar de inmediato su
discusión.
A
las 16:20 horas se aprobó el documento en lo general, con 409 a favor, 24 en
contra y tres abstenciones, con lo que se superó la mayoría calificada.
domingo, 8 de marzo de 2015
viernes, 6 de marzo de 2015
Transparencia, Elemento Esencial para Combatir la Corrupción
En estos momentos se está dando una gran lucha en la Cámara de Senadores entre los partidos políticos de oposición y el gobierno, acompañado de los poderes fácticos del país. Esa lucha tiene que ver con lo que creemos es la piedra angular para la recomposición política del país: la transparencia.
El Estado Mexicano debe tener los elementos que todo estado moderno debe incluir, la población, el territorio, el gobierno y su sistema de derecho. El gran problema que tenemos en México es que los dos últimos elementos enunciados no funcionan en México. Simplemente, el gobierno es el primero que viola la ley, el gobierno después de que el poder legislativo hace ordenamientos de ley, o no implementa adecuadamente las normas expedidas o através de políticas públicas, empieza a hacer casos de excepción para conceder favores políticos manipuladores o simplemente hace caso omiso de los ordenamientos.
Ahora bien, también el gobierno aplica la ley a discreción, imponiendo su peso total a los enemigos del régimen o realizando favores de inmunidad a los que colaboran con el régimen.
El Estado Mexicano debe tener los elementos que todo estado moderno debe incluir, la población, el territorio, el gobierno y su sistema de derecho. El gran problema que tenemos en México es que los dos últimos elementos enunciados no funcionan en México. Simplemente, el gobierno es el primero que viola la ley, el gobierno después de que el poder legislativo hace ordenamientos de ley, o no implementa adecuadamente las normas expedidas o através de políticas públicas, empieza a hacer casos de excepción para conceder favores políticos manipuladores o simplemente hace caso omiso de los ordenamientos.
Ahora bien, también el gobierno aplica la ley a discreción, imponiendo su peso total a los enemigos del régimen o realizando favores de inmunidad a los que colaboran con el régimen.
viernes, 27 de febrero de 2015
jueves, 26 de febrero de 2015
Transcripción de mi intervención en la sesión en la cual se aprobó el dictamen en materia de anticorrupción, para presentar una reserva
México D.F., a 26 de febrero de 2015
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIP. CARLOS FERNANDO ANGULO
PARRA PARA PRESENTAR RESERVA AL ARTÍCULO 73, PÁRRAFO SEGUNDO, FRACCIÓN XXIX-V
DEL DICTAMEN POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA
CPEUM, EN MATERIA DE CORRUPCIÓN.
Diputado Carlos Fernando Angulo Parra (CFAP): Hay una denuncia penal
–compañeras y compañeros—interpuesta por la Diputada Rocío Reza y su servidor,
en contra del Gobernador del Estado de Chihuahua y su Secretario de Hacienda.
Los hechos son muy sencillos. 14 mil 783 millones de pesos en
bonos carreteros, los bonos carreteros es un préstamo que se le hace por
el gran público inversionista al estado de Chihuahua.
Se utilizan 5 mil millones de pesos para pagar deuda anterior.
Me endeudo para pagar deuda, pero no hay registro alguno de 10 mil millones de
pesos, no sabemos qué se hizo con eso.
24 mil 697 millones de pesos de financiamiento en bancos
comerciales para obra pública. Se hacen 17 mil 772 millones en obra pública y
no sabemos qué pasó con 6 mil 925 millones de pesos.
Ahora con el Sistema Nacional Anticorrupción, se puede perseguir
una situación de esa naturaleza. Es una de las grandes virtudes.
Este Sistema está muy bien estructurado. Nada más que este
sistema tiene dos naves.
Hagan de cuenta que es un edificio de dos naves, la primer nave,
ya hicimos el basamento, ya hicimos los cimientos de la primer nave que es
transparencia y se está construyendo, tratando de construir el edificio en el
Senado de la República, que es transparencia.
Un Sistema Anticorrupción, sin un sistema previo de
transparencia, no va a funcionar. Bien.
Ahora, estamos tratando de construir la segunda nave, haciendo
los cimientos de la segunda nave, que es el Sistema Nacional Anticorrupción.
Con eso construyendo el edificio de la segunda nave y terminando el edifico de
la primer nave, transparencia con anticorrupción, tenemos el Sistema bien
estructurado y eso es lo que necesitamos.
Necesitamos –compañeras y compañeros—presionar políticamente a
los legisladores de este país, para que terminen ambas naves.
Yo me reservé el artículo 73, fracción primera, inciso A;
fracción 29, inciso 5; para añadirle a las facultades del Congreso de la Unión,
la facultad de expedir la ley general en materia de corrupción que establezca
como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.
Con esto, completamos lo que necesitamos para que no haya
gobiernos de estado ni legislatura de estado que tengan sanciones muy pequeñas
y que no haya completa armonización de nuestro Sistema Penal Mexicano para
combatir eficazmente a la corrupción.
Esa es la propuesta, --compañeras y compañeros—.
Debemos de pugnar por terminar este Sistema Nacional
Anticorrupción para los efectos de que, tengamos a nuestros hijos que van a las
escuelas con bebederos, que aunque lo hemos legislado, no los tienen; con baños
que no los tienen; con techos que no existen; con estadios y con campos
deportivos que no existen, porque se va a la bolsa, se va a la bolsa de los
políticos corruptos.
Si no completamos este Sistema y si no pugnamos por tener estos
dos grandes edificios, estas dos grandes naves terminadas, no vamos a tener
éxito.
Esto es un paso muy importante, pero apenas es el cimiento de la
segunda nave.
Es cuanto señor Presidente.
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