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miércoles, 10 de julio de 2013

Facultamos al Congreso de la Unión a expedir leyes que establezcan la concurrencia de diferentes niveles de gobierno sobre derechos de víctimas

Amigos:

Los diputados, en la sesión del 18 de abril, aprobamos, por 439 votos a favor, cero en contra y una abstención, un dictamen que faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes que establezcan la concurrencia de los diferentes niveles de gobierno en materia de los derechos de las víctimas.

El dictamen de la minuta que envió el Senado de la República pretende consolidar la acción del Estado en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas, y tras su aprobación regresa al Senado por haber sido modificado.

Se adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución, que queda de la siguiente manera: “Para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de los derechos de las víctimas”.

En el documento se recuerda que en el sistema jurídico mexicano las facultades concurrentes implican que las entidades federativas, incluso el Distrito Federal, los municipios y la federación, pueden actuar respecto de una misma materia.

Sin embargo, será el Congreso de la Unión el que determine la forma y términos de la participación de dichos entes, a través de una ley general, que en este caso será la Ley General de Víctimas, promulgada en enero pasado.

En el dictamen avalado este jueves, se recuerda que la Ley General de Víctimas crea el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, así como el Registro Nacional de Víctimas.

Aclara que si la pretensión es consolidar estos elementos, se requiere que todos los órganos de gobierno, en todos los niveles del Estado, estén involucrados para ello, por eso la necesidad de establecer la concurrencia en esta materia.

En los artículos transitorios del dictamen sobre la concurrencia, se establece que el Congreso de la Unión debe adecuar la normatividad federal en materia de víctimas, que así se requiera, dentro de los 180 días siguientes a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

También señala que las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán adecuar su legislación aplicable conforme a lo dispuesto en este decreto, también dentro de los 180 días siguientes de su entrada en vigor.

viernes, 3 de mayo de 2013

Los diputados del PAN Sí cumplimos


La Segob publica reformas a Ley General de Víctimas

La Secretaría de Gobernación publicó este viernes el decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, así como del Código Federal de Procedimientos Penales.
De acuerdo al documento difundido en el Diario Oficial de la Federación, de la Ley General de Víctimas se reforman los artículos del 1 al 180 y se derogan del 181 al 189.
Entre las modificaciones relevantes destaca la inclusión de la definición de "víctimas potenciales", en donde se establece la protección a los defensores de víctimas en caso de que sus derechos a la vida y a la libertad se vean amenazados.
El pasado 16 de abril, con 448 votos a favor la Cámara de Diputados avaló los cambios a la llamada Ley de Víctimas para garantizar su aplicación, pues distintas organizaciones señalaron que la normativa aprobada a principios de este año era inaplicable en la práctica.
Con ello se dio paso a la creación del Registro Nacional de Víctimas, por lo que se le deberá asignar el presupuesto suficiente para el ejercicio fiscal de 2014.
La Ley General de Víctimas es una reforma que busca resarcir los derechos de los miles de mexicanos, víctimas de la delincuencia organizada. Así como establecer la figura de reparación integral de daños con el pago de indemnizaciones y atención especializada.
Para ello se establece un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que se conformará con recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y con los provenientes de la venta de bienes decomisados en procesos penales o de fianzas, multas, sanciones y donaciones, entre otros.
Dentro de esta ley se destaca la creación del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, en el que colaborarán diversas instancias de los tres órdenes de gobierno, así como sectores de la sociedad.
Respecto al Código Federal de Procedimientos Penales, se reforma el primer párrafo del Artículo 182-R, el cual señala que los recursos que se obtengan por la enajenación de los bienes decomisados en procesos penales federales, serán destinados a la compensación de las víctimas.
Y una vez cubierta dicha compensación o en aquellos casos en que la misma no sea procedente, los recursos restantes o su totalidad se entregarán en partes iguales, al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Salud y al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Para efectos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 21 de la Ley General de Víctimas, el Congreso de la Unión, las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, contarán con un plazo de un año contado a partir del 4 de mayo para realizar las adecuaciones a la legislación que corresponda.

Nota de redpolitica.mx
A continuación, el decreto completo para su consulta. 
 

Aprobamos dictamen sobre reformas a la Ley General de Víctimas y lo enviamos al Ejecutivo para su promulgación


Amigas y amigos:

Les quiero informar que en la sesión ordinaria del pasado 16 de abril, los diputados aprobamos, por 448 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, el dictamen sobre reformas a la Ley General de Víctimas, promulgada el pasado 9 de enero, y lo enviaamos al Ejecutivo federal para su promulgación.

Estas reformas fueron avaladas por el Senado el 21 de marzo y aprobadas el por consenso y sin cambios, en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Se modifican disposiciones de la Ley General de Víctimas y el artículo 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales.

En tribuna para fundamentar el dictamen de la minuta, el presidente de la Comisión de Justicia, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez señaló que la Ley General de Víctimas es una reforma que pretende resarcir los derechos de los miles de mexicanos víctimas de la delincuencia organizada.

“Les solicitamos su voto aprobatorio y les pedimos que al ponerlo en vigencia demos al Estado mexicano los instrumentos suficientes para esta reivindicación a las víctimas de atentados contra sus derechos humanos o producto de delitos”, pidió.

Dicha Ley considera como víctima a todo aquel que haya sufrido un daño físico, moral o mental en sus bienes jurídicos o derechos, ya sea de forma directa o indirecta a su persona.

Las modificaciones aprobadas en San Lázaro incluyen observaciones del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, así como de otras organizaciones sociales, para rectificar deficiencias técnicas y jurídicas de la Ley General de Víctimas.

Durante lsu discusión en la Comisión de Justicia, diputados afirmaron que en los seis años de la pasada administración se registraron 69 mil muertos por los enfrentamientos entre y con la delincuencia organizada y el narcotráfico, así como unos 120 mil desplazados y 25 mil desaparecidos.

También resaltaron que con su entrada en vigor se dará paso a un Registro Nacional de Víctimas, por lo que se le deberá asignar el presupuesto suficiente para el ejercicio fiscal del 2014. 
 
Les comparto el dictamen completo para su consulta.