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jueves, 2 de enero de 2014

Aprobamos reformas para evitar que medios de comunicación masiva reproduzcan estereotipos que generen desigualdad, discriminación y violencia hacia mujeres

Amigos:

Les quiero informar que el pasado 19 de septiembre aprobamos, con 418 votos a favor, cero en contra y una abstenciones, reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión “para evitar que sigan reproduciéndose estereotipos que generen desigualdad, discriminación y violencia hacia las mujeres en los medios de comunicación masiva”.

La iniciativa de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena (PAN) plantea que estos medios, como la radio y la televisión generen en sus radioescuchas o televidentes una cultura de respeto a la diversidad y promoción de los derechos humanos, en cumplimiento de la función social que tienen.

El documento, que pasó al Senado para su eventual ratificación, reforma las fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Entre las reformas propuestas, en las fracciones I y II del artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión se incluyen la no discriminación y evitar la promoción de estereotipos de género, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 5º
I.Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la no discriminación, la dignidad humana y los vínculos familiares;
II.Evitar la promoción de estereotipos de género e influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;

Artículo 10. ... I. Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de terceros, cometan o inciten a cometer actos discriminatorios, promuevan estereotipos de género, ni provoquen la comisión de algún delito, inciten a la violencia o perturben el orden y la paz públicos;

Artículo 11. .. IV. Elaborar y difundir programas de carácter formativo, educativo y recreativo, que promuevan el respeto a la diversidad y a los derechos humanos, para la población infantil;

Artículo 63. Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohíbe, también, todo aquéllo que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio en términos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; queda asimismo prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos, así como aquéllos que promuevan estereotipos de género.

Artículo 67. ... V. No transmitirá propaganda o anuncios de servicios que tengan por objeto explotar o comerciar sexualmente con el cuerpo de las personas.

VI. El contenido del anuncio no contendrá imágenes o diálogos que promuevan estereotipos de género o discriminación.

También se plantea que, sin prejuicio de lo previsto en la normatividad aplicable a los medios de comunicación masiva, las autoridades federales, en el ámbito de sus competencias, procurarán verificar que éstos:

Eviten la emisión de información contraria a los objetivos señalados y que sea perjudicial para su bienestar o contraria con los principios de paz, no discriminación y de respeto a todas las personas.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

El diputado Carlos Angulo se adhiere a una Iniciativa que pretende establecer que los concesionarios o permisionarios que presten el servicio de T.V. estén obligados a permitir, de manera gratuita, la retransmisión simultanea de su señal a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que ofrezcan el servicio de televisión restringida

Foto de Archivo

En la sesión del pasado 15 de noviembre, el diputado Carlos Angulo se adhirió a un Proyecto de Decreto que  reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Entre otras cosas, la Iniciativa pretende establecer que los concesionarios o permisionarios que presten el servicio de televisión radiodifundida están obligados a permitir, de manera gratuita, la retransmisión simultanea de su señal a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que ofrezcan el servicio de televisión restringida, dentro de la misma cobertura geográfica. Prever que las señales radiodifundidas que se incluyan en los servicios de televisión restringida, se transmitirán en forma íntegra, sin modificaciones, incluyendo publicidad, y con la misma calidad que se reciben las señales de programación de televisión restringida.

La Iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas  de  Radio, Televisión y Cinematografía y Cultura.

Se presenta, a continuación, la Iniciativa completa para su consulta.