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viernes, 19 de julio de 2013

Código Penal Único garantizará al detenido sus derechos humanos y a las víctimas su reparación: Carlos Angulo Parra




Intervención durante la discusión de la fracción XXI del artículo 73 constitucional, en materia de legislación procesal penal única

Sesión extraordinaria

Cámara de Diputados
17 de julio de 2013

Compañeras y compañeros:

Es principal responsabilidad del Estado mexicano hacer que en las condiciones de vida de todos los mexicanos sean lo suficientemente adecuadas para que todos y cada uno de nosotros, los habitantes de este país, podamos realizar nuestros anhelos.

Para ello se necesitan muchas cosas que realizar, pero destaca una muy importante, la condición esencial para poder vivir realizando las actividades cotidianas de cada uno y para poder estar trabajando de una manera positiva, de una manera tranquila, es que todos los habitantes de este país gocen de varias cosas; primero de seguridad, de un estado de derecho que garantice que haya concordia social, y donde no la haya, haya justicia. Y como lo dicta nuestra Constitución, que esa justicia sea pronta y expedita.

Ahora nos encontramos en un momento histórico esencial para el desarrollo de la vida cotidiana en este país, de poder hacer un salto cuántico al desarrollo de la justicia. Por desgracia nuestra condición de federación y la condición de inseguridad que se ha tornado muy difícil en nuestro país, por la delincuencia organizada principalmente y las condiciones socio-económicas políticas globales, nos ha llevado a que tengamos un sistema penal muy inadecuado.

Hay que tomar en cuenta varias cosas, compañeras y compañeros. En primer término los compromisos internacionales que México ha asumido y la responsabilidad que manda la Constitución a partir de la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, de tener cabalmente garantizados los derechos humanos en el país, y uno de los derechos humanos que más es afectado es el derecho a tener una justicia cabal en el país, porque nuestro sistema inquisitorial que data del régimen colonial inquisitorial no lo hemos eliminado, y no se ha eliminado por desgracia por mucha conveniencia de los gobernantes autócratas que hemos tenido, y así en nuestro país este sistema lo hemos rechazado de una manera muy clara a partir de 2008, mandando a las entidades federativa del país y a la misma Federación, migrar del sistema penal inquisitorio a un sistema penal oral acusatorio.

Así quiero mencionarles que ahora nos encontramos ante la reforma de la fracción XXI del artículo 73 constitucional en materia de legislación penal procesal única, y tenemos también varios cambios que facultan al Congreso de la Unión en cuanto a la fracción XXI inciso a), para expedir leyes generales en materia de secuestro y trata de personas, que ambos delitos verdaderamente afectan de una manera terrible a la sociedad, y para establecer penas mínimas penales y sus sanciones, así como establecer leyes generales que contemplen la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y el Distrito Federal, como con los municipios, para que este entramado jurisdiccional no sea ápice para que los delincuentes se aprovechen de ellos y las víctimas se vean totalmente despojadas de sus derechos.

Asimismo, estamos estableciendo reformas para que el Congreso de la Unión tenga facultades para legislar en delitos y faltas contra la federación y las penas y sanciones que por ellos deban de imponerse, así como legislar en materia de delincuencia organizada.

Ahora bien, compañeros, esta legislación es producto de un consenso multipartidista muy importante, que empieza desde la Cámara de Senadores, en donde el 14 de febrero de 2013, el 9 de abril de 2013, el 24 de abril de 2013 y el 29 de abril de 2013, presentaron diferentes senadores, del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, estas reformas que ahora estamos a punto de votar.

Ahora bien, el 29 de abril de 2013 el Senado aprobó la minuta y el 30 de abril de 2013 esta honorable Cámara de Diputados recibió la minuta que ha sido dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales, de la cual soy secretario.

Como ustedes saben, el origen de un nuevo sistema penal para la República Mexicana tuvo su nacimiento con las reformas constitucionales de 2008 y así esta etapa de implementación del sistema penal oral y acusatorio ha tenido un muy lento desarrollo, así tenemos 15 entidades federativas que aún se encuentran en su etapa de planeación, que son: Coahuila, Veracruz, Aguascalientes, Sinaloa, Quintana Roo, Baja California Sur, Colima, Querétaro, Guerrero, Jalisco, San Luis Potosí, Sonora, Hidalgo, Campeche y Distrito Federal. En la etapa de entrada en vigencia se ubican los estados de Tlaxcala, Tamaulipas, Michoacán, Tabasco y Puebla. Finalmente se encuentran en operación, mi estado natal Chihuahua y se encuentra estado de México y Morelos. Y en operación parcial se encuentran Chiapas, Oaxaca, Nuevo León, Zacatecas, Durango, Yucatán, Guanajuato y Baja California Sur.

Compañeras y compañeros, es inaceptable que a cinco años de esta reforma ni siquiera la mitad de las entidades haya implementando el sistema, manteniendo a los gobernados bajo el yugo del sistema inquisitorio.

Los principales problemas al contar con una legislación procesal por cada entidad son diversos, se tienen 33 legislaciones adjetivas en materia penal, con 33 criterios diversos, que provocan una gran oportunidad a los delincuentes. Ya lo mencionó otro compañero, de trasladarse de un estado a otro, etcétera.

La unificación y sistematización de criterios entre las 32 entidades federativas nos da una mejor coordinación y operadores jurídicos del nuevo sistema de justicia penal, con mayor certidumbre jurídica para todos los involucrados.

La reforma penal no es algo novedoso, se empezó desde 49, 58 y 63. En el Partido Acción Nacional impulsamos las reformas que requiere el país, tanto desde el gobierno como fuera de él.

Es por ello que apoyamos esta reforma en comento, la cual tendrá como consecuencia una mayor certeza jurídica para el pueblo mexicano, ya que desde el momento en que hay presentada una acusación hay una intervención judicial, junto con el Ministerio Público, que deja de tener esa facultad omnipotente que fue causal de múltiples y ha sido causal de múltiples abusos.

Ahora vamos a tener una justicia que le garantizará al detenido el pleno ejercicio de sus derechos humanos y a las víctimas el pleno ejercicio de su reparación. Amén de que también se establecerá un sistema de resolución de controversias de querella necesaria, en donde se ven afectados nada más intereses particulares y muy fácilmente se pueden resolver múltiples problemas y quitarle el enmarañamiento que tiene el sistema penal mexicano respecto de juicios que tienen poca relevancia porque son meramente privados y ahora se pueden liberar.

Los insto, por favor, compañeros y compañeras, a que aprobemos esta reforma histórica para el bien del país y la justicia.

Muchas Gracias.

Aprobamos facultar al Congreso de la Unión a expedir un Código Único de Procedimientos Penales para todo el país, pasa a los congresos estatales


Amigos:

En la segunda sesión del primer periodo extraordinario de la LXII Legislatura, los diputados aprobamos por 453 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones la reforma a la fracción XXI del artículo 73 constitucional, para facultar al Congreso de la Unión a expedir un Código Único de Procedimientos Penales para todo el país.

La reforma, que se votó en lo general y en lo particular en un solo acto, pasó a los 31 congresos estatales porque requiere del aval de la mayoría para su promulgación.

Este ordenamiento de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas regirá en toda la República en el orden federal y en el fuero común.

El dictamen tiene su origen en tres iniciativas presentadas en la cámara alta entre febrero y abril de 2013, por los senadores Roberto Gil Zuarth, María del Pilar Ortega Martínez, Raúl García Guzmán, Carlos Mendoza Davis y José María Martínez Martínez (PAN), así como Arely Gómez González (PRI), Manuel Camacho Solís (PRD) y Pablo Escudero Morales (PVEM).

El 29 de abril de 2013, el Pleno del Senado aprobó el dictamen, la turnó a San Lázaro y el pasado 25 de junio la Comisión de Puntos Constitucionales avaló la minuta por unanimidad y sin cambios.

En las consideraciones del dictamen se expone que en la reforma constitucional publicada el 18 de junio del 2008 se estableció que el sistema acusatorio tendría ocho años para que entraran en vigor estas reformas, es decir, que en el 2016 deben estar unificados todos los sistemas penales del país.

Se subraya que contar con una legislación adjetiva única, no va en contra del pacto federal ni vulnera la soberanía de los estados.

La reforma al artículo 73, fracción XXI queda de la siguiente manera:

El Congreso tiene facultad:

Para expedir:

a) Las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.

Las leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios;

b) La legislación que establezca los delitos y las faltas contra la Federación y las penas y sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en materia de delincuencia organizada;

c) La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.

A continuación presento el dictamen completo para su consulta.


martes, 25 de junio de 2013

Intervención del Dip. Carlos Angulo al fijar posicionamiento en Comisión de Puntos Constitucionales


Aprueba comisión minuta para facultar al Congreso de la Unión a expedir Código Único de Procedimientos Penales; se presentará en periodo extraordinario




Palacio Legislativo 25-06-2013 (Notilegis).- La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó por unanimidad, en lo general y lo particular, la minuta que reforma la fracción XXI del artículo 73 constitucional, para facultar al Congreso de la Unión a expedir un Código Único de Procedimientos Penales para todo el país.

Este ordenamiento de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas regirá en toda la República en el orden federal y en el fuero común.

La minuta forma parte del conjunto de temas que la Junta de Coordinación Política (Jucopo) señaló ayer lunes como asuntos a tratar en el periodo extraordinario de sesiones que se desarrollará del 16 al 19 del próximo mes de julio.

Tiene su origen en tres iniciativas presentadas en la cámara alta entre febrero y abril de 2013, por los senadores Roberto Gil Zuarth, María del Pilar Ortega Martínez, Raúl García Guzmán, Carlos Mendoza Davis y José María Martínez Martínez (PAN), así como Arely Gómez González (PRI), Manuel Camacho Solís (PRD) y Pablo Escudero Morales (PVEM).

El 29 de abril de 2013, el Pleno del Senado aprobó el dictamen y el 30 de abril la Cámara de Diputados recibió la minuta y la turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su análisis y estudio.

En las consideraciones del dictamen se expone que en la reforma constitucional publicada el 18 de junio del 2008 se estableció que el sistema acusatorio tendría ocho años para que entraran en vigor estas reformas, es decir, que en el 2016 deben estar unificados todos los sistemas penales del país.

Se subraya que contar con una legislación adjetiva única, no va en contra del pacto federal ni vulnera la soberanía de los estados.

La reforma al artículo 73, fracción XXI queda de la siguiente manera:

El Congreso tiene facultad:

Para expedir:

a) Las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.

Las leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios;

b) La legislación que establezca los delitos y las faltas contra la Federación y las penas y sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en materia de delincuencia organizada;

c) La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.