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lunes, 17 de marzo de 2014
jueves, 29 de agosto de 2013
viernes, 19 de julio de 2013
Código Penal Único garantizará al detenido sus derechos humanos y a las víctimas su reparación: Carlos Angulo Parra
Intervención durante la discusión de la fracción
XXI del artículo 73 constitucional, en materia de legislación procesal penal
única
Sesión extraordinaria
Cámara de Diputados
17 de julio de 2013
17 de julio de 2013
Compañeras y compañeros:
Es principal responsabilidad del Estado mexicano
hacer que en las condiciones de vida de todos los mexicanos sean lo
suficientemente adecuadas para que todos y cada uno de nosotros, los habitantes
de este país, podamos realizar nuestros anhelos.
Para ello se necesitan muchas cosas que realizar,
pero destaca una muy importante, la condición esencial para poder vivir
realizando las actividades cotidianas de cada uno y para poder estar trabajando
de una manera positiva, de una manera tranquila, es que todos los habitantes de
este país gocen de varias cosas; primero de seguridad, de un estado de derecho
que garantice que haya concordia social, y donde no la haya, haya justicia. Y
como lo dicta nuestra Constitución, que esa justicia sea pronta y expedita.
Ahora nos encontramos en un momento histórico
esencial para el desarrollo de la vida cotidiana en este país, de poder hacer
un salto cuántico al desarrollo de la justicia. Por desgracia nuestra condición
de federación y la condición de inseguridad que se ha tornado muy difícil en
nuestro país, por la delincuencia organizada principalmente y las condiciones
socio-económicas políticas globales, nos ha llevado a que tengamos un sistema
penal muy inadecuado.
Hay que tomar en cuenta varias cosas, compañeras y
compañeros. En primer término los compromisos internacionales que México ha
asumido y la responsabilidad que manda la Constitución a partir de la reforma
de 2011 en materia de derechos humanos, de tener cabalmente garantizados los
derechos humanos en el país, y uno de los derechos humanos que más es afectado
es el derecho a tener una justicia cabal en el país, porque nuestro sistema
inquisitorial que data del régimen colonial inquisitorial no lo hemos
eliminado, y no se ha eliminado por desgracia por mucha conveniencia de los
gobernantes autócratas que hemos tenido, y así en nuestro país este sistema lo
hemos rechazado de una manera muy clara a partir de 2008, mandando a las
entidades federativa del país y a la misma Federación, migrar del sistema penal
inquisitorio a un sistema penal oral acusatorio.
Así quiero mencionarles que ahora nos encontramos
ante la reforma de la fracción XXI del artículo 73 constitucional en materia de
legislación penal procesal única, y tenemos también varios cambios que facultan
al Congreso de la Unión en cuanto a la fracción XXI inciso a), para expedir
leyes generales en materia de secuestro y trata de personas, que ambos delitos
verdaderamente afectan de una manera terrible a la sociedad, y para establecer
penas mínimas penales y sus sanciones, así como establecer leyes generales que
contemplen la distribución de competencias y las formas de coordinación entre
la Federación, las entidades federativas y el Distrito Federal, como con los
municipios, para que este entramado jurisdiccional no sea ápice para que los
delincuentes se aprovechen de ellos y las víctimas se vean totalmente
despojadas de sus derechos.
Asimismo, estamos estableciendo reformas para que
el Congreso de la Unión tenga facultades para legislar en delitos y faltas
contra la federación y las penas y sanciones que por ellos deban de imponerse,
así como legislar en materia de delincuencia organizada.
Ahora bien, compañeros, esta legislación es
producto de un consenso multipartidista muy importante, que empieza desde la
Cámara de Senadores, en donde el 14 de febrero de 2013, el 9 de abril de 2013,
el 24 de abril de 2013 y el 29 de abril de 2013, presentaron diferentes
senadores, del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario
Institucional, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, estas
reformas que ahora estamos a punto de votar.
Ahora bien, el 29 de abril de 2013 el Senado aprobó
la minuta y el 30 de abril de 2013 esta honorable Cámara de Diputados recibió
la minuta que ha sido dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales,
de la cual soy secretario.
Como ustedes saben, el origen de un nuevo sistema
penal para la República Mexicana tuvo su nacimiento con las reformas
constitucionales de 2008 y así esta etapa de implementación del sistema penal
oral y acusatorio ha tenido un muy lento desarrollo, así tenemos 15 entidades federativas
que aún se encuentran en su etapa de planeación, que son: Coahuila, Veracruz,
Aguascalientes, Sinaloa, Quintana Roo, Baja California Sur, Colima, Querétaro,
Guerrero, Jalisco, San Luis Potosí, Sonora, Hidalgo, Campeche y Distrito
Federal. En la etapa de entrada en vigencia se ubican los estados de Tlaxcala,
Tamaulipas, Michoacán, Tabasco y Puebla. Finalmente se encuentran en operación,
mi estado natal Chihuahua y se encuentra estado de México y Morelos. Y en
operación parcial se encuentran Chiapas, Oaxaca, Nuevo León, Zacatecas,
Durango, Yucatán, Guanajuato y Baja California Sur.
Compañeras y compañeros, es inaceptable que a cinco
años de esta reforma ni siquiera la mitad de las entidades haya implementando
el sistema, manteniendo a los gobernados bajo el yugo del sistema inquisitorio.
Los principales problemas al contar con una
legislación procesal por cada entidad son diversos, se tienen 33 legislaciones
adjetivas en materia penal, con 33 criterios diversos, que provocan una gran
oportunidad a los delincuentes. Ya lo mencionó otro compañero, de trasladarse
de un estado a otro, etcétera.
La unificación y sistematización de criterios entre
las 32 entidades federativas nos da una mejor coordinación y operadores
jurídicos del nuevo sistema de justicia penal, con mayor certidumbre jurídica
para todos los involucrados.
La reforma penal no es algo novedoso, se empezó
desde 49, 58 y 63. En el Partido Acción Nacional impulsamos las reformas que
requiere el país, tanto desde el gobierno como fuera de él.
Es por ello que apoyamos esta reforma en comento,
la cual tendrá como consecuencia una mayor certeza jurídica para el pueblo
mexicano, ya que desde el momento en que hay presentada una acusación hay una
intervención judicial, junto con el Ministerio Público, que deja de tener esa
facultad omnipotente que fue causal de múltiples y ha sido causal de múltiples
abusos.
Ahora vamos a tener una justicia que le garantizará
al detenido el pleno ejercicio de sus derechos humanos y a las víctimas el
pleno ejercicio de su reparación. Amén de que también se establecerá un sistema
de resolución de controversias de querella necesaria, en donde se ven afectados
nada más intereses particulares y muy fácilmente se pueden resolver múltiples
problemas y quitarle el enmarañamiento que tiene el sistema penal mexicano
respecto de juicios que tienen poca relevancia porque son meramente privados y
ahora se pueden liberar.
Los insto, por favor, compañeros y compañeras, a
que aprobemos esta reforma histórica para el bien del país y la justicia.
Muchas Gracias.
Aprobamos facultar al Congreso de la Unión a expedir un Código Único de Procedimientos Penales para todo el país, pasa a los congresos estatales
Amigos:
En
la segunda sesión del primer periodo extraordinario de la LXII Legislatura, los
diputados aprobamos por 453 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones la
reforma a la fracción XXI del artículo 73 constitucional, para facultar al
Congreso de la Unión a expedir un Código Único de Procedimientos Penales para
todo el país.
La
reforma, que se votó en lo general y en lo particular en un solo acto, pasó a
los 31 congresos estatales porque requiere del aval de la mayoría para su
promulgación.
Este
ordenamiento de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución
de penas regirá en toda la República en el orden federal y en el fuero común.
El
dictamen tiene su origen en tres iniciativas presentadas en la cámara alta
entre febrero y abril de 2013, por los senadores Roberto Gil Zuarth, María del
Pilar Ortega Martínez, Raúl García Guzmán, Carlos Mendoza Davis y José María
Martínez Martínez (PAN), así como Arely Gómez González (PRI), Manuel Camacho
Solís (PRD) y Pablo Escudero Morales (PVEM).
El
29 de abril de 2013, el Pleno del Senado aprobó el dictamen, la turnó a San
Lázaro y el pasado 25 de junio la Comisión de Puntos Constitucionales avaló la
minuta por unanimidad y sin cambios.
En
las consideraciones del dictamen se expone que en la reforma constitucional
publicada el 18 de junio del 2008 se estableció que el sistema acusatorio
tendría ocho años para que entraran en vigor estas reformas, es decir, que en
el 2016 deben estar unificados todos los sistemas penales del país.
Se
subraya que contar con una legislación adjetiva única, no va en contra del
pacto federal ni vulnera la soberanía de los estados.
La
reforma al artículo 73, fracción XXI queda de la siguiente manera:
El
Congreso tiene facultad:
Para
expedir:
a)
Las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que
establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.
Las
leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las
formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el
Distrito Federal y los municipios;
b)
La legislación que establezca los delitos y las faltas contra la Federación y
las penas y sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en
materia de delincuencia organizada;
c)
La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos
de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República
en el orden federal y en el fuero común.
A
continuación presento el dictamen completo para su consulta.
martes, 25 de junio de 2013
Aprueba comisión minuta para facultar al Congreso de la Unión a expedir Código Único de Procedimientos Penales; se presentará en periodo extraordinario
Palacio
Legislativo 25-06-2013 (Notilegis).- La Comisión de Puntos Constitucionales
aprobó por unanimidad, en lo general y lo particular, la minuta que reforma la
fracción XXI del artículo 73 constitucional, para facultar al Congreso de la
Unión a expedir un Código Único de Procedimientos Penales para todo el país.
Este
ordenamiento de mecanismos alternativos de solución de controversias y de
ejecución de penas regirá en toda la República en el orden federal y en el
fuero común.
La
minuta forma parte del conjunto de temas que la Junta de Coordinación Política
(Jucopo) señaló ayer lunes como asuntos a tratar en el periodo extraordinario
de sesiones que se desarrollará del 16 al 19 del próximo mes de julio.
Tiene
su origen en tres iniciativas presentadas en la cámara alta entre febrero y
abril de 2013, por los senadores Roberto Gil Zuarth, María del Pilar Ortega
Martínez, Raúl García Guzmán, Carlos Mendoza Davis y José María Martínez
Martínez (PAN), así como Arely Gómez González (PRI), Manuel Camacho Solís (PRD)
y Pablo Escudero Morales (PVEM).
El
29 de abril de 2013, el Pleno del Senado aprobó el dictamen y el 30 de abril la
Cámara de Diputados recibió la minuta y la turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales, para su análisis y estudio.
En
las consideraciones del dictamen se expone que en la reforma constitucional
publicada el 18 de junio del 2008 se estableció que el sistema acusatorio
tendría ocho años para que entraran en vigor estas reformas, es decir, que en
el 2016 deben estar unificados todos los sistemas penales del país.
Se
subraya que contar con una legislación adjetiva única, no va en contra del
pacto federal ni vulnera la soberanía de los estados.
La
reforma al artículo 73, fracción XXI queda de la siguiente manera:
El
Congreso tiene facultad:
Para
expedir:
a)
Las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que
establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.
Las
leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las
formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el
Distrito Federal y los municipios;
b)
La legislación que establezca los delitos y las faltas contra la Federación y
las penas y sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en
materia de delincuencia organizada;
c)
La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos
de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República
en el orden federal y en el fuero común.
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