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domingo, 26 de enero de 2014

Aprobamos reforma que eleva a rango constitucional pensión universal para adultos mayores y seguro de desempleo

Amigos:

Por este medio, les quiero informar que en nuestra sesión ordinaria del 24 de octubre, los diputados aprobamos, en lo general y en lo particular, el dictamen que eleva a rango constitucional la pensión universal para adultos mayores y el seguro de desempleo y lo turna al Senado de la República.

En lo general se probó con 417 votos a favor, 19 en contra y tres abstenciones, posteriormente se rechazaron casi en su totalidad 15 reservas presentadas por el PRD (siete), PAN (tres), MC (tres) y PT (dos) y finalmente fue avalado en su totalidad por 340 votos a favor, 36 en contra y tres abstenciones.

Únicamente se aprobó una propuesta presentada por José Luis Muñoz Soria (PRD) para precisar el sentido del párrafo segundo, del segundo transitorio.

Las reformas a los artículos 4, 73 y 123 constitucionales figuran en el paquete económico para 2014 que el Ejecutivo federal envió a San Lázaro el pasado 8 de septiembre y son parte de la reforma hacendaria y de seguridad social.

Los diputados realizamos cambios al documento del Ejecutivo y lo enviamos al Senado para su discusión y eventual ratificación, para que posteriormente pase a las 31 legislaturas estatales, ya que se requiere el voto aprobatorio de al menos la mitad más una para ser publicada en el Diario Oficial de la Federación.

A su entrada en vigor, el Congreso de la Unión contará con 180 días para elaborar las leyes secundarias y hacer viable este mandato constitucional.

El documento señala que “el Estado garantizará los derechos de los adultos mayores; velará porque reciban servicios de salud; y promoverá su integración social y participación en las actividades económicas y culturales de su comunidad.

Los adultos mayores tendrán el derecho a recibir una pensión para apoyar sus gastos básicos de manutención durante la vejez, en los términos y condiciones que determinen las leyes que expida el Congreso de la Unión”.

Asimismo, se modifica el artículo 73, fracción XXIX-T, para establecer que el Congreso de la Unión tiene la facultad para legislar en materia de protección de los adultos mayores, con objeto de cumplir lo previsto en el artículo 4 de la Constitución.

Finalmente, se modifica la fracción XXIX del apartado A del artículo 123, por el que se señala que la Ley del Seguro Social, comprenderá seguros de cesantía en edad avanzada y de desempleo.

En un artículo segundo transitorio, se establece que el Congreso de la Unión preverá que los adultos mayores que cumplan 65 años a partir del 2014, que requieran apoyo para sufragar sus gastos básicos de manutención durante su vejez, reciban una pensión a partir de dicho año.

El diputado José Luis Muñoz Soria (PRD) propuso modificar en el dictamen el párrafo segundo, del segundo transitorio, lo que fue aprobado por el Pleno para quedar como sigue:

“El Congreso de la Unión preverá que los adultos mayores, que cumplan 65 años y mayores de esa edad, a partir del 2014, que requieran apoyo para sufragar sus gastos básicos de manutención durante su vejez recibirán una pensión a partir de dicho año, asimismo preverá que periódicamente se revise dicha edad para que, con base en los estudios demográficos que determine la ley, dicha edad se incremente en función de la esperanza de vida de la población”.

Asimismo, preverá que periódicamente se revise esa edad para que, con base en los estudios demográficos que determine la ley, dicha edad se incremente en función de la esperanza de vida de la población.

Se señala que el acceso a los servicios a que se refiere el presente decreto y el otorgamiento de los seguros y prestaciones correspondientes se realizará de acuerdo al monto de ingresos que permita cubrir las nuevas obligaciones.

En un tercero transitorio se subraya que los programas, apoyos y pensiones alimentarias establecidos por los estados y el Distrito Federal, que prevean la transferencia directa de recursos públicos a los adultos mayores para su manutención, podrán continuar en los términos y condiciones que se otorgan conforme a las leyes y demás disposiciones emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno Rivera (PRD), señaló que para elaborarlo se tomó como eje rector la Iniciativa presentada por el Ejecutivo federal, así como diversas iniciativas del PRI y PRD y el Congreso de Puebla.

Afirmó que la comisión modificó lo concerniente al seguro del desempleo, ya que el Ejecutivo proponía asignarle al Congreso la facultad de legislar en la materia, sin embargo, se consideró conveniente trasladar dicha facultad a la fracción XXIX, del apartado A, del artículo 123 constitucional.

Lo anterior, bajo el criterio de que “no existe la necesidad de expedir una ley que establezca un seguro de desempleo para los trabajadores, sino que el seguro sea administrado y ejecutado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”.

Por lo que respecta a los artículos transitorios que el Ejecutivo Federal propuso en su iniciativa, la comisión suprimió el tercer párrafo del artículo segundo transitorio, para no condicionar los derechos que ahora se reconocen a una suficiencia presupuestal.

“Finalmente, se consideró pertinente la modificación del artículo tercero transitorio para que los estados y el Distrito Federal mantengan sus programas de atención a adultos mayores, para que sigan operándolos en los mismos términos en que fueron establecidos”, dijo.

domingo, 27 de octubre de 2013

Seguro de Desempleo se obtendrá de los recursos de los trabajadores, a través de sus cuentas de vivienda y retiro: Angulo Parra


 
• El PRI no quiso poner un candado en la Constitución para obligar a las leyes secundarias que el financiamiento del seguro de desempleo salga de fondos públicos

Diputado Carlos Fernando Angulo Parra

Entrevista concedida a los representantes de los medios de comunicación al término de la sesión, en el salón de Pleno

Sesión ordinaria, Cámara de Diputados
24 de octubre de 2013

CFAP: En primer lugar el presidente Peña Nieto presenta una Ley del Seguro de Desempleo en donde expresamente se señala en la iniciativa que se quite a los trabajadores un 3 por ciento, de los cuales 2 por ciento queda a decisión del trabajador si lo usa o no lo usa el seguro de desempleo; si lo usa para seguro de desempleo, la consecuencia es que se le quita en vivienda y se le quita en retiro y el 1 por ciento restante, ese de plano se lo quitan al trabajador por completo en la iniciativa del presidente Peña Nieto.

Luego, posteriormente se hace una reforma constitucional, se hace una iniciativa de reforma constitucional en donde no habla de dónde van a salir los fondos, entonces proponemos una reserva para que expresamente haya un artículo transitorio que señale de una manera contundente que los fondos para el seguro del desempleo deben de ser fondos públicos y que no se utilice ningún fondo existente, mucho menos de ahorro de los trabajadores y eso lo rechazan.

Entonces, el rechazo de tener ese candado en la Constitución implica de que queda abierto a meterle la mano a la bolsa de los trabajadores para sacar el dinero necesario para el seguro de desempleo, es un engaño expreso al pueblo de México y principalmente a los trabajadores.

P.- ¿Eso va en contra de la Constitución, eso viola la Constitución?

CFAP: No viola la constitución, simple y sencillamente el PRI está de acuerdo en no poner un candado en la Constitución para el financiamiento del seguro desempleo que sea de fondos públicos para obligar a las leyes secundarias que el financiamiento del seguro de desempleo salga de fondos públicos, al no poner ese candado pues va a salir de fondos de los trabajadores, en el mejor de los casos o en el peor de los casos, como ustedes lo quieran ver, por qué, porque en la iniciativa expresamente están sacando el seguro de desempleo de los fondos de los trabajadores, en la iniciativa que no se ha retirado hasta ahorita.

P.- ¿Lo que implicaría una merma (…)?

CFAP: Indudablemente para poner ese seguro, digamos ese aseguramiento en la Constitución de que el seguro de desempleo debe de salir de fondos públicos y no asaltar a los trabajadores como se pretendió hacer con la iniciativa del presidente Peña Nieto en la Ley de Seguro de Desempleo.

P.- Muchísimas gracias.

CFAP: De nada.

Propone Angulo Parra que recursos para financiar Seguro de Desempleo provengan del Gobierno Federal

 
Reserva para adicionar un artículo 4º Transitorio al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma los artículos 4, 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad social universal
Sesión ordinaria, Cámara de Diputados
24 de octubre de 2013
(…) para terminar estas reservas quiero nada más hacer mención a varios aspectos relacionados con este paquete que se le llama Reforma Hacendaria, que en realidad ha sido un paquete medio tutifruti, vamos a llamarle así, en donde se establece una Ley del Seguro de Desempleo acompañada de una reforma constitucional que finalmente no concuerda con la ley presentada, hay una disfunción al inicio y esta disfunción no es más que una prueba clara y contundente de que el Ejecutivo Federal simple y sencillamente no ha sabido que hacer al respecto.
Por un lado, con bombo y platillo, ya lo han mencionado varios compañeros, se anuncia que esta gran supuesta reforma tiene como objeto ayudar al Seguro de Desempleo, a ayudar a la Pensión Universal, ayudar a los pobres, la reforma Robin Hood, que le he llamado yo, quitándole a los ricos, etcétera, etcétera.
Sin embargo, tenemos aquí una clara disfunción, luego por promociones del Ejecutivo Federal se cambia el dictamen de reforma constitucional para los efectos de tener una pichada, vamos a llamarle así, total y absolutamente diferente, ¿en qué consiste esa pichada? Bueno, para empezar ya se eliminan a los trabajadores al servicio del Estado por completo, entonces, como que hubo una dubitación aquí, hubo dudas, hubo cuestionamientos internos, etcétera, como que no hay un orden en el Ejecutivo Federal sobre lo que quiere o los impactos que hay, etcétera.
Y luego por el otro, ya también se ha mencionado en múltiples ocasiones, se vuelve a afectar al Infonavit y al afectarse el Infonavit se afecta a los trabajadores, sí compañeras y compañeros, al afectar al Infonavit tenemos un daño a los trabajadores que con sus ahorros con tantos esfuerzos ganados con su trabajo se ven dañados.
Ya los gobiernos del PRI han tenido este tipo de actitudes que son francamente un asalto a los trabajadores porque se forma el Infonavit en los años setenta y años más tarde se esfuman por completo los fondos del Infonavit que fueron los ahorros de los trabajadores.
Ahora, en una situación un poquito más sutil le quitan el 1 por ciento, para empezar, del 5 por ciento que tienen le quitan el 1 por ciento y al 2 por ciento adicional le hacen una especie de fondo múltiple en donde se incluye lo que significa el Infonavit, que es el Fondo para Vivienda, se incluye ahora el de retiro y lo que sobre, como dice la canción, pagas la renta, el teléfono, la luz y lo que sobre ahí me das para mis tamales, lo que sobre entonces el trabajador lo puede utilizar para los efectos del retiro.
¿Qué pasa? La consecuencia es muy clara, ¿qué es lo que pasa? La consecuencia consiste en que el trabajador cuando sea despedido, en el momento en que utilice el fondo ya le bajó o a su vivienda o a su retiro, esto no se vale compañeras y compañeros ¿por qué este engaño a los trabajadores, por qué si ustedes ahorita no admiten a discusión esta reserva van clarísimamente a estar afectando a los trabajadores so pretexto de que les van a dar un seguro de desempleo, es algo muy claro, por eso yo estoy añadiendo un artículo 4º transitorio para los efectos de que se establezcan claramente, muy claramente las reglas del juego del financiamiento para el Seguro del Desempleo y dice:
4º. Para el financiamiento del Seguro de Desempleo al que se refiere el presente decreto, se deberá constituir un fondo con aportaciones realizadas por el Gobierno Federal –es decir, que se trague las palabras o las cumpla el presidente Peña Nieto, si la Reforma Hacendaria es para ayudar a los trabajadores que lo cumpla– bien, ahora, dichas aportaciones serán aquellas que se generen exclusivamente a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
En dicho fondo no podrán integrarse los recursos para el Seguro de Cesación involuntaria del trabajador existentes en las cuentas de separación individualizadas de los trabajadores ni ningún otro recurso existente que se haya constituido para fines distintos.
Finalmente, el Seguro de Desempleo se otorgará por un periodo máximo de seis meses a partir de que el trabajador haya perdido su empleo.
De esta manera, compañeras y compañeros, prístinamente queda mandado por la Constitución que las leyes secundarias no podrán afectar a los trabajadores.
Si ustedes en este momento votan no admitir la reserva, que quede grabado en el Diario de los Debates, ustedes van a ser responsables de haber robado a los trabajadores.
Gracias Presidente.

Asalto a los trabajadores seguro de desempleo de Peña Nieto: Angulo Parra

BOLETÍN
México D.F, 24 de octubre de 2013
“Es un engaño expreso al pueblo de México y un asalto a los trabajadores el seguro de desempleo propuesto por Enrique Peña Nieto”, así lo aseguró el diputado panista Carlos Fernando Angulo Parra, aclarando que con la reforma como fue presentada, serían los mismos trabajadores quienes estarían pagando este seguro.
Por ello, Angulo Parra presentó una reserva para adicionar un artículo 4º transitorio al dictamen de la Comisión de Puntos para reforma los artículos 4, 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad social universal, en el que propone que los recursos para fondear el Seguro de Desempleo, provengan del Gobierno Federal, prohibiendo expresamente que salgan de fondos existentes.
Además, exigió al Presidente de la República cumpla su palabra de ayudar a los trabajadores y no quiera financiar dicho seguro con dinero extraído del Infonavit.