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miércoles, 24 de junio de 2015

Aprobamos reforma para que autoridades de tres niveles de gobierno promuevan el equipamiento y el material deportivo para cultura física y deporte

Amigos y amigas:

Quiero informarles que en la sesión ordinaria del 24 de Marzo de 2015 en la Cámara de Diputados aprobamos un dictamen que reforma la Ley General de Cultura Física y Deporte, con el objeto de que las autoridades de los tres niveles de gobierno promuevan el equipamiento y el material deportivo para la cultura física y el deporte.

El documento reforma los artículos 41, 90 y 94 de esa ley, surge de una iniciativa que el diputado Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (PAN) presentó el 15 de diciembre de 2014, fue aprobado por unanimidad, con 394 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

El legislador aseguró que el presupuesto público federal vigente en México en materia de infraestructura deportiva se caracteriza por la ausencia de equipamiento y material deportivo a 100 por ciento y que, por ende, se considera limitativo para el cumplimiento efectivo en su adquisición.

Sostiene que cuando se alude al equipamiento y al material deportivo para el uso óptimo de las instalaciones, diversas agrupaciones de la sociedad civil, así como los padres y madres de familia, suplen una responsabilidad del Estado, al asumir los gastos por compra de equipamiento faltante y material deportivo.

Se reforma el artículo 41 fracción IV, con el objeto de las autoridades competentes de la federación los estados, el Distrito Federal y los municipios, entre sí o con las instituciones del sector social y privado, promuevan el equipamiento y el material deportivo para la cultura física y el deporte.

Esta acción la deben realizar en coordinación con las respectivas asociaciones deportivas nacionales, de acuerdo a las normas oficiales y demás disposiciones que para tal efecto expida la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE).

Los cambios al artículo 90 de la ley tienen por objeto considerar de interés público, el equipamiento y el material deportivo requeridos para el uso óptimo de las instalaciones, que permitan atender adecuadamente las demandas que requiera el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte.

Para este fin debe promover la participación de los sectores social y privado en el territorio nacional.


La reforma al primer párrafo del artículo 94 busca dotar a la Conade de atribuciones para que formule normas y criterios requeridos en materia de equipamiento y de material deportivo para funcionamiento de las instalaciones y la práctica del deporte.

jueves, 21 de agosto de 2014

Aprobamos reformas para prevenir y sancionar violencia en eventos deportivos

Amigos:

En la sesión del 27 de marzo, los diputados aprobamos con 317 votos a favor, 34 en contra y 17 abstenciones el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte, a fin de implementar sanciones a quienes ejerzan la violencia en eventos deportivos, y medidas para prevenirla.

El dictamen establece que considerando la gravedad de la conducta o reincidencia se impondrá a los aficionados, asistentes o espectadores en general, expulsión inmediata de las instalaciones deportivas; amonestación privada o pública; multa de 10 a 90 veces el salario mínimo; reparación integral del daño causado y suspensión de uno a cinco años del acceso a espectáculo deportivos.

También se estipula que al espectador o cualquier otra persona que sin ser juez, jugador o parte del cuerpo técnico de los equipos contendientes, lance objetos contundentes que pongan en riesgo la salud o integridad de las personas, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cinco a treinta días multas.

Asimismo, a quien Ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cause daños materiales será sancionado con seis meses a tres años de prisión y de diez a cuarenta días multa. Además, se sancionará con seis meses a cuatro años de prisión y de diez a sesenta días multa, a quien participe activamente en riñas.

A quien incite o genere violencia, cause daños materiales del recinto deportivo o introduzca armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida, será sancionado con un año seis meses, a cuatro años seis meses de prisión y de veinte a noventa días multa, añade el documento.

Precisa que a quien resulte responsable de dichos delitos, se le suspenderá el derecho a asistir a espectáculos deportivos, por un plazo equivalente a la pena de prisión que le resulte impuesta.

Se instituirá el Padrón de Personas Sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos, en el cual quedarán inscritas las personas a quienes se les imponga como sanción la prohibición o suspensión de asistencia a eventos y espectáculos deportivos.

El dictamen, turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que en México se presentan con mayor frecuencia acontecimientos lamentables en los que la rivalidad entre porras o grupos de aficionados de diversos equipos han provocado batallas campales en las tribunas de los estadios que generan enfrentamientos con las autoridades, robos, daños y secuestros de autobuses, afectando la integridad física y patrimonial de los ciudadanos.

Argumenta que la violencia asociada a los eventos deportivos es totalmente deleznable y atenta tanto contra la libertad como la seguridad de los ciudadanos y del desarrollo integral de la familia, arrebatándoles espacios destinados a la convivencia y sano esparcimiento.

Por ello, subraya, resulta ineludible fortalecer las atribuciones de las instituciones en la materia, así como los valores del juego limpio, del trabajo en equipo, la sana convivencia y la solidaridad, que deben ser difundidos y promovidos tanto por el Estado como por los grupos directivos de las entidades del deporte federado y asociado.

Al fundamentar el dictamen, el diputado José Alberto Rodríguez Calderón (PRI) señaló que las circunstancias derivadas de la violencia en el deporte de algunos años a la fecha han provocado la necesidad de que se presenten reformas a la Ley de Cultura Física y Deporte, a fin de generar un marco jurídico que se garantice a las familias mexicanas el disfrutar de los eventos deportivos de forma pacífica y segura.

Explicó que este dictamen establece la obligación de las autoridades para efecto de llevar a cabo una coordinación interinstitucional tanto a nivel federal, estatal y municipal, en aras de lograr una verdadera seguridad y una prevención de los posibles actos de violencia en eventos deportivos.

“No solamente se trata de crear delitos, sino de crear una estructura en vía de prevención para evitar que ocurran actos violentos”, resaltó.

Agregó que otro aspecto que plantea la reforma es que se cree en cada una de las 32 entidades federativas una comisión especial para evitar la violencia en el deporte, las cuales tendrán la configuración integral de autoridades estatales, federales y municipales con la intención de diseñar un programa anual para prevenir estos actos.

Por otra parte, este dictamen contempla la obligación de todos los que intervienen en eventos deportivos –llámense dueños de clubes, de equipos o dueños de instalaciones deportivas– de configurar un frente común para erradicar la violencia en el deporte.

Manifestó que esta reforma pretende responder a la necesidad y a la exigencia social en el sentido de que los eventos deportivos sean disfrutados por las familias mexicanas, y para ello se propone la creación de un delito denominado violencia en el deporte.

“No estamos criminalizando a los aficionados al deporte, no estamos criminalizando a los deportistas, estamos señalando a los violentos, a los grupos, que no exceden de un 5 por ciento de la gente que acude a un estadio de futbol, y vamos contra los violentos, contra los irracionales, contra los vándalos que han generado violencia extrema en los eventos deportivos”, afirmó.

Para plantear el posicionamiento del Partido de Nueva Alianza, el diputado Fernando Bribiesca Sahagún, señaló que su voto sería a favor toda vez que es necesario que la ley establezca dentro del marco regulatorio del deporte nacional los objetivos y alcances que prevean controles y sancionen las manifestaciones de violencia.

Por su parte, la diputada Lilia Aguilar Gil (PT) dijo que la venta de bebidas alcohólicas, que es detonador clave de la violencia, no solamente en los estadios, sino en cualquier evento deportivo, por lo que es necesario que exista la responsabilidad real de las autoridades municipales y gubernamentales de los estados, de los dueños de los clubes y estadios. “La reforma no resuelve de tajo, ni de fondo la violencia”, subrayó.

El diputado Gerardo Villanueva Albarrán (Movimiento Ciudadano) dijo que “no se puede aceptar seriamente y mandar ese mensaje equivocado de que duplicando tipos penales, inventando tipos penales con los ya existentes en las entidades federativas vamos a resolver un problema que, aquí ya se ha dicho, es un fenómeno de tipo cultural, social, etario, hasta de rivalidades regionales que en mucho ha tenido qué ver el descuido del negocio de la Federación Mexicana de Futbol”.

La diputada Gabriela Medrano Galindo (PVEM) subrayó que la seguridad en los recintos deportivos dejó de ser un asunto exclusivo de los directivos de las asociaciones, federaciones u organizadores del espectáculo. Hoy, dijo, el tema debe entenderse como un grave problema social que pone en riesgo la tranquilidad, el patrimonio, la integridad física y hasta la vida de los aficionados y de los deportistas.

Del PRD, la diputada Juana Bonilla Jaime consideró que la reforma propuesta es adecuada y su voto sería a favor en lo general porque se deben establecer los ordenamientos legales para reglamentar la violencia en cualquier evento deportivo en México. Sin embargo, aclaró que reservaría los artículos 154 y 155 respecto a los temas del padrón que se propone integrar y las barras, así como el alcohol en los estadios y que son tres asuntos que hay que reglamentar.

En tanto, el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez (PAN) indicó que deporte es alegría, pasión, emoción, es convivencia y formación. “El deporte no es, ni puede ser violencia o generación de actos de ignominia. Si Inglaterra pudo detener a los hoolligans y Argentina a las barras, México debe hacer lo mismo. Si hoy la Cámara de Diputados no pone freno a la violencia, qué pasará con el fomento al deporte”.

El diputado Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (PRI) subrayó que la violencia del futbol tiene más de 15 años y se ha estado a punto de tener desenlaces fatales y México es el único país con el más alto índice de violencia en los estadios que no tiene una legislación al respecto. “No queremos llegar a los niveles de Brasil donde han muerto 200 personas por este tema de las barras”.

Refirió que los países de Inglaterra, Alemania, Holanda, Francia, Italia, Chile, Colombia y Uruguay que cuentan con una ley muy parecida, han logrado casi erradicar el problema de la violencia en los estadios. “El tema es regresar a las familias a los estadios, que una persona que llegue a un estadio salga perfectamente sin ser agredida o mortalmente lesionada”.

Durante la discusión, el diputado Ricardo Mejía Berdeja (Movimiento Ciudadano) se pronunció en contra del dictamen porque duplica las penalidades para la gente que cometa actos vandálicos en los estadios. “Nadie puede ser juzgado por dos delitos y aquí se están cometiendo excesos. Ya hay un Código Penal, que lo aplique la autoridad. No se necesita crear otra ley”, dijo.

La diputada Laura Ximena Martel Cantú (PVEM) consideró pertinente establecer más atribuciones a la Comisión Especial para brindar asesoría en materia de prevención de la violencia, informar a las autoridades sobre los riesgos en los estadios y coadyuvar en la implementación de las medidas para la protección de personas, instalaciones o bienes donde se realizan eventos deportivos.

En tanto, el legislador Domitilo Posadas Hernández (PRD) se pronunció en contra del dictamen porque no se atienden las causas de la violencia. “No se ataca ni con un pétalo de rosa, por ejemplo, a quienes permiten que introduzcan las luces de bengala a los eventos, a quienes emborrachan a los jóvenes cada ocho días en los estadios”, destacó.

La diputada Flor de María Pedraza Aguilera (PAN) consideró positivo el dictamen porque instituye el padrón de aficionados, en el cual quedarán inscritas las personas a quienes se les imponga como sanción la prohibición o suspensión de asistencia a eventos o espectáculos deportivos, que formará parte de las bases de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Por su parte, el diputado Ricardo Monreal Ávila (Movimiento Ciudadano) señaló que el dictamen requiere un análisis más profundo que responda: ¿qué responsabilidad tienen los dueños de los equipos? ¿Los patrocinadores? ¿Los dueños de comunicación? ¿Sus voceros?

El legislador Leobardo Alcalá Padilla (PRI) se pronunció a favor del dictamen porque abona a vivir en un Estado de derecho. “Para una persona no violenta, todo el mundo es su familia”, citó a Gandhi.

El diputado del PRD, Uriel Flores Aguayo indicó que el dictamen no era positivo porque “estamos ante actos masivos, puede ser deporte, pueden ser actos musicales. Aquí se aplica protección civil, se aplica el bando de policía y buen gobierno; se aplica la prevención policial. Eso se tiene que aplicar, es una cuestión administrativa. Es decir, no deberíamos ir tampoco más allá. Hay garantías o no”.

En su turno, el diputado Fernando Zárate Salgado (PRD) se pronunció a favor, ya que al tipificar como delito la violencia en el deporte, garantizará a los ciudadanos disfrutar los eventos deportivos de forma pacífica y segura.

El diputado Gerardo Villanueva Albarrán (Movimiento Ciudadano) mencionó que votar a favor de este dictamen es admitir que la violencia no tiene remedio y que es necesario mandar un trabajo a los Ministerios Públicos que no fue capaz de hacer la Conade ni la Federación Mexicana de Futbol; que no se quiere responsabilizar a los dueños de los clubes y que puede ignorar la responsabilidad de la Secretaría de Educación Pública de los estados, de los municipios y de la Coordinación de Seguridad Pública Federal.

En el mismo sentido, el diputado Antonio Cuéllar Steffan (PVEM) expuso que lo que pretende este dictamen es tutelar y proteger la integridad de las personas, la cultura del deporte y la convivencia que gira alrededor del deporte. Y si la violencia en los estados ofenden a la sociedad, entonces, tenemos el deber de actuar en consecuencia y prever los tipos penales correspondientes.

El diputado Abel Octavio Salgado Peña (PRI) sostuvo que su voto sería a favor, pues esta reforma está orientada a terminar con las agresiones y violencia y fomentar la seguridad y la sana convivencia de los asistentes a los eventos masivos.

Cambios propuestos por las comisiones

El Pleno avaló las propuestas presentadas por las comisiones de Justicia y de Deporte para modificar los artículos 2, 41, 41 Bis, 98 Bis, 139, 140, 142, 151, 152, 154, 155 y los dos transitorios y adicionar dos más.

Respecto al artículo 2o, se modificó la fracción VII para adicionar que se promoverá también la implementación de sanciones a quienes ejerzan la violencia. Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles a que haya lugar.

En el artículo 41, fracción VIII, se establece que se promoverán mecanismos y acciones encaminadas a prevenir la violencia en “eventos deportivos”, garantizar el desarrollo pacífico en los recintos donde se celebren eventos deportivos masivos y “con fines de espectáculo” y en sus inmediaciones, así como la seguridad y patrimonio de las personas, en coordinación con las autoridades de seguridad pública, privada y de protección civil correspondiente.

En cuanto al artículo 41 Bis se precisa que la coordinación y colaboración entre la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios respecto a la seguridad y “prevención” en los eventos deportivos masivos o “con fines de espectáculo”, será sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En la fracción I, se detalla que los usuarios de las instalaciones deportivas, ya sea organizadores, participantes, asistentes, “aficionados o espectadores en general”, atenderán las disposiciones en materia de seguridad y protección civil, según corresponda, y las indicaciones en la materia que emitan las autoridades competentes para que los eventos deportivos se realicen de manera ordenada y se preserve la integridad de las personas y los bienes.

La fracción II precisa que para la seguridad en el interior de los recintos y sus anexos, los organizadores de los eventos deberán observar las disposiciones legales reglamentarias y administrativas correspondientes del municipio o “el Distrito Federal en los órganos políticos administrativos, en cada una de las demarcaciones territoriales” en que se celebren los eventos.

Respecto a la fracción IV, quedó: A solicitud de las autoridades municipales y atendiendo a los acuerdos de colaboración o coordinación que al efecto se celebren, las autoridades estatales y el Distrito Federal intervendrán para garantizar la seguridad en las áreas que se especifiquen, de acuerdo con las características del evento de que se trate.
Mientras que la fracción X señala: Las autoridades de los tres órdenes de gobierno capacitarán a los cuerpos policiacos y demás autoridades encargadas de la seguridad en el uso apropiado de sus atribuciones, así como en técnicas y tácticas especiales para resolver conflictos y extinguir actos de violencia que puedan suscitarse en este sentido.

La fracción XI: Las leyes de seguridad pública de las entidades federativas y del Distrito Federal deberán establecer lo conducente para la más eficaz prestación del servicio de seguridad pública entre una entidad y sus municipios, o “el Distrito Federal en los órganos políticos administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales”, para garantizar el desarrollo pacífico de los eventos deportivos que se realicen en la jurisdicción estatal, municipal o, en el caso del Distrito Federal, delegacional, atendiendo a lo previsto en este artículo.

En cuanto al artículo 98 Bis, sólo se adicionó la palabra “masivos”. Mientras, al artículo 139 se le agregó un último párrafo: “Será obligación de las comisiones nacional y estatales, la elaboración de un programa anual de trabajo para la prevención de la violencia en eventos deportivos”.

En el artículo 140, fracción VIII, IX y X se adicionó “así como en las diversas modalidades de eventos deportivos previstos en esta ley”. En el artículo 142, en su fracción I, se precisó que también deben acatar las disposiciones normativas “las diversas modalidades de los eventos deportivos”.

Respecto al artículo 152, fracción V se añade los términos “aficionados y asistentes”. Asimismo se precisa en el inciso C) que la multa será de acuerdo al área geográfica donde se cometa la infracción. Y en el inciso d) que se suspenderá el acceso “a eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo”.

Además, en el artículo 154, fracción IV, se establece que se considerará “incitador a quien dolosamente determine a otro u otros para que participen en riñas o agresiones físicas a las personas o a los bienes”.

En el artículo 155 se señala que se instituirá el Padrón “de Personas Sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos”.

Se adicionan un tercero y cuarto transitorio, los cuales señalan que “el Ejecutivo federal deberá expedir las reformas necesarias al reglamento de esta ley, en un plazo no mayor a seis meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

El cuarto, que “las comisiones locales a que alude el último párrafo del artículo 139 de esta ley, deberán quedar instaladas dentro de los 90 días posteriores a la publicación de las reformas al reglamento”.

miércoles, 20 de agosto de 2014

Reformamos la Ley General de Cultura Física y Deporte para promover y fomentar esta actividad en el sistema penitenciario

Amigos:

Por este medio, les quiero informar que en la sesión del pasado 9 de abril, los diputados aprobamos reformas a la Ley General de Cultura Física y Deporte para que se promueva y fomente esta actividad en el sistema penitenciario, en el marco de los programas de rehabilitación y reinserción de los sentenciados.

El dictamen surge de una iniciativa que presentaron, el 21 de noviembre de 2013, los diputados José Francisco Coronato Rodríguez y Gerardo Villanueva Albarrán, de MC, fue aprobada en lo general por unanimidad, con 373 votos a favor.

En lo particular se aprobó una reserva que presentó el diputado Fernando Belaunzarán Méndez (PRD), para que se incluya, en el concepto de la no discriminación, el origen étnico y preferencias sexuales, además de las ya contempladas.

El documento, que se turna al Senado para su análisis, pretende fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio para lograr la rehabilitación y reinserción de los reclusos en el sistema penitenciario mexicano.

Coronato Rodríguez y Villanueva Albarrán señalan que el modelo de reinserción social puesto en práctica en dicho sistema ha mostrado poca capacidad para reintegrar a la comunidad a las personas recluidas y sostienen que la ociosidad en la prisión es una fuente asociada directamente al consumo de drogas y a la violencia.

En este sentido, destacan la necesidad de armonizar el contenido de la Carta Magna en lo que se refiere al sistema penitenciario con la legislación secundaria en materia de cultura física y deporte.

Recuerdan que el párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política dice que “el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad …… “.

Con las modificaciones aprobadas, las fracciones XI, XII y XIII de dicha ley plantean garantizar a todas las personas, sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen.

También fomentar y promover la activación física, la cultura física y el deporte, en los programas dirigidos a procesados y de rehabilitación y reinserción de los sentenciados en forma condenatoria, en los centros del sistema penitenciario mexicano, y que los deportistas con algún tipo de discapacidad no serán objeto de discriminación alguna.

Las fracciones IV, V y VI del artículo 13 establecen la promoción de mecanismos de integración institucional y sectorial para fomentar, promover y estimular el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte.
 
Así como planear y evaluar, conjuntamente con las autoridades del sistema penitenciario mexicano, los programas dirigidos a procesados y de rehabilitación y reinserción de los sentenciados en forma condenatoria, en los centros del sistema penitenciario mexicano, y las demás que le otorgue esta Ley u otros ordenamientos legales.

lunes, 5 de agosto de 2013

Avalamos garantizar igualdad de oportunidades en programas federales de desarrollo en materia de cultura física y deporte

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión ordinaria del 14 de marzo, los diputados aprobamos un dictamen, por 370 votos a favor, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades dentro de los programas federales de desarrollo en materia de cultura física y deporte, sin distinción por origen étnico, discapacidad y preferencias sexuales.

El dictamen de la Comisión de Derechos Humanos surge de la iniciativa del diputado de la LXI Legislatura Jorge Kahwagi Macari (Nueva Alianza), presentada el 22 de agosto de 2012 y reforma la Ley General de Cultura Física y Deporte y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

La reforma establece que la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) estará integrada también por un representante del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Actualmente, esa junta incluye a representantes de las secretarías de Educación Pública, Hacienda y Crédito Público, Relaciones Exteriores, Gobernación, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Defensa Nacional, Salud, Desarrollo Social, y Seguridad Pública, así como de la Procuraduría General de la República.

También establece que para la Ley General de Cultura Física y Deporte se reconocerá a esta actividad en todas las modalidades y categorías.

Modifica el término capacidades diferentes por el de personas con discapacidad.

Sobre la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se incorpora una fracción XXIV BIS al artículo 16.

Se establece que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) tiene la atribución de garantizar que se otorguen los apoyos a los deportistas con discapacidad.

En las consideraciones se expone que la discapacidad en México continúa siendo una condición que da origen a múltiples situaciones de discriminación, marginación, dependencia e inaccesibilidad.

Agrega que en México la mayoría de la población con discapacidad es víctima de discriminación y comúnmente se ve impedida para ejercer sus derechos humanos, limitándose así su pleno desarrollo.

Precisa que el deporte es uno de los ámbitos donde las personas con discapacidad se han visto relegadas desde hace décadas.

En ese tenor, señala que en nuestro país prevalece la falta de oportunidades para la práctica deportiva de las personas con discapacidad, la cual se manifiesta en la falta de recursos económicos e infraestructura, así como en la escasez de planes y programas encaminados a su desarrollo e inserción en el deporte.

domingo, 4 de agosto de 2013

Se aprueba en la Cámara de Diputados la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte; la turnan al Ejecutivo federal para su promulgación

Palacio Legislativo 23-04-2013 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular el dictamen que expide la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte, que establece como responsabilidad del Estado mexicano garantizar la promoción, fomento y estímulo de las actividades físicas.

La nueva legislación es de carácter reglamentaria a la reforma al artículo cuarto constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de octubre de 2011, fue avalada en lo general por 297 votos a favor, 158 en contra y una abstención.

Posteriormente se fueron rechazando las reservas presentadas en lo particular y el dictamen se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación.

La reforma sostiene que toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte.

Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.

Surge de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2013 por los senadores Lilia Guadalupe Merodio Reza (PRI), Roberto Armando Albores Gleason (PRI), Daniel Gabriel Ávila Ruiz (PAN) y Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) y fue aprobada en la cámara alta el pasado 9 de abril.

En las consideraciones del dictamen se señala que en el tema de violencia en los estadios deportivos, la Comisión Especial en la materia, de la Cámara de Diputados, trabaja una propuesta para prevenir de mejor manera y castigar con penas más severas a los infractores.

Por ello, subraya que la iniciativa que se presente en el tema podrá ser incorporada en lo sucesivo a la nueva legislación, cuya promulgación “es urgente debido a que es la herramienta de trabajo que requiere para poder instrumentar el Plan Nacional de Deporte”.

En la nueva Ley en comento, específicamente en el título primero, se establecen las bases generales para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios.

Las finalidades principales son fomentar equitativamente el desarrollo de la cultura física y el deporte como medio importante en la preservación de la salud y disminución de enfermedades; prevención del delito; y se incentiva la inversión social y privada.

Se establece que el Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), integre el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte, documento básico que define objetivos, metas y políticas, así como responsabilidades y su respectiva coordinación.

Se fortalece el Sistema Nacional del Deporte, (Sinade), órgano colegiado integrado por dependencias gubernamentales, sociedades y asociaciones civiles, instituciones públicas y privadas.

Se faculta a la Conade la responsabilidad exclusiva de conducir y articular la política nacional en materia de cultura física y deporte, en consecuencia, se elimina la duplicidad de funciones y se evita la triangulación de recursos y apoyos a federaciones y asociaciones deportivas nacionales.

La reforma coloca al Comité Paralímpico Mexicano en el mismo nivel que al Comité Olímpico Mexicano, sin distinción alguna. De esta manera, un deportista con discapacidad y un deportista convencional no tendrán diferencia alguna.

También crea el Consejo de Vigilancia Deportiva Electoral (COVED), que vigilará los procesos electorales de las asociaciones deportivas, observando que se cumplan con los principios de legalidad, transparencia, equidad e igualdad de oportunidades.