Mostrando entradas con la etiqueta Ley General para el Control del Tabaco. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Ley General para el Control del Tabaco. Mostrar todas las entradas

jueves, 11 de junio de 2015

Reformamos la Ley General para el Control del Tabaco, a fin de prohibir su consumo en instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física

Amigos y amigas:

Quiero notificarles que en la sesión ordinaria del 10 de Marzo de 2015 aprobamos  un dictamen que reforma la Ley General para el Control del Tabaco, a fin de prohibir su consumo o encendido también en instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física.

El dictamen surge de una iniciativa que presentaron en mayo de 2014 los diputados de MC, Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, reforma el artículo 26 de la Ley General para el Control del Tabaco, fue aprobada en el Pleno por 386 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones y se turnó al Senado para su análisis.

Con esta reforma, ahora se consideran a las instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física, como lugares prohibidos para consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco.

 “Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior; en instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física”, establece el artículo 26.

Anteriormente, la Ley General para el Control del Tabaco sólo prohibía a las personas consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior.

En las consideraciones del documento se refiere que la epidemia mundial del tabaquismo mata cada año a casi seis millones de personas, de las cuales más de 600 mil son no fumadores, que fallecen por respirar humo ajeno.

 “Si no actuamos, la epidemia matará a más de ocho millones de personas al año de aquí a 2030. Más del 80 por ciento de esas muertes evitables se producirán entre las poblaciones 
de los países de ingresos bajos y medianos”, se señala.


También se indica que hay más de cuatro mil productos químicos conocidos en el humo de tabaco y que más de 50 de ellos producen cáncer.

domingo, 30 de diciembre de 2012

El diputado Carlos Angulo se adhiere al proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco



El pasado 15 de noviembre, el diputado Carlos Angulo se adhirió al proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.
Este proyecto pretende establecer como una excepción que salva la prohibición de comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco; el caso de los dispositivos coadyuvantes en la reducción del consumo del tabaco, como el cigarrillo electrónico, siempre que cumplan las normas sanitarias.
Ver aquí la Iniciativa completa para su consulta.