jueves, 17 de enero de 2013

Publica Segob decreto que tipifica como delito grave la adulteración de bebidas alcohólicas

La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó el pasado lunes 14 de enero, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a la Ley General de Salud y al Código Federal de Procedimientos Penales, que tipifican como delito grave la adulteración y falsificación de bebidas alcohólicas.
 
En dicho decreto, la dependencia publicó los cambios legales aprobados por el Poder Legislativo, los cuales establecen pena de seis meses a tres años de prisión a y multas de hasta mil días de salario mínimo a quien incurra en ese acto ilícito.
 
El decreto establece modificaciones a los artículos 464 y 194 de la Ley General de Salud, que plantea que cuando se trate de bebidas alcohólicas alteradas, se dictará una pena de tres a siete años de cárcel y de 250 a 500 días de multa.
 
La reforma, que entrará en vigor a partir de mañana, fue aprobada en la Cámara de Diputados con 427 votos favor, uno en contra y una abstención.

Ver, a continuación, el decreto completo para su consulta.

 

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