martes, 6 de enero de 2015

Reformamos la Ley Federal de Procedimientos Administrativos para fijar caducidad de los procesos en un plazo de tres meses, si la autoridad propicia la paralización del mismo

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 2 de septiembre de 2014, los diputados aprobamos una iniciativa que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativo, para establecer la caducidad de los procesos en un plazo de tres meses, cuando la autoridad propicie la paralización del mismo.

El documento, propuesto el 31 de noviembre de 2013 por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, de MC, y modificado en la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, fue avalado con 393 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, y se turnó al Senado para su eventual ratificación.

El artículo 60 se refiere a los procedimientos iniciados en la Administración Pública Federal y el tercer párrafo, que se modifica, se refiere a la caducidad cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio.

Establece que “cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entenderán caducados, y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dicta resolución”.

A ese texto se le agregó: “así como en los casos en que la autoridad por inactividad haya propiciado la paralización del mismo por tres meses”.

La propuesta inicial de los dos diputados de MC también plantea reformar el artículo 18, pero se modificó durante la elaboración del dictamen en la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.



No hay comentarios:

Publicar un comentario