domingo, 5 de julio de 2015

Reformamos los códigos de Comercio y Penal Federal, a fin de facilitar que sociedades mercantiles optimicen sus procesos de digitalización de documentos

Amigos:

Les informo que en la sesión ordinaria del 22 de Abril de 2015 en la Cámara de Diputados aprobamos reformas al Código de Comercio y el Código Penal Federal, a fin de contribuir a que las sociedades mercantiles agilicen y optimicen sus procesos de digitalización, almacenamiento y conservación de documentos generados en el desarrollo cotidiano de sus actividades.

Las modificaciones también tienen como objetivo brindar mayor agilidad en los tiempos de respuesta a las solicitudes de información que les sean requeridas por las autoridades, tanto administrativas como judiciales, cuando corresponda.

El dictamen con las reformas fue aprobado por 362 votos a favor, siete en contra, y tres abstenciones, surge de una iniciativa que la diputada Ana Lilia Garza Cadena (PVEM) presentó en noviembre de 2014 y pasó al Senado para su eventual ratificación.

Con las modificaciones se instituye que los comerciantes podrán realizar la conservación o digitalización de toda o parte de la documentación relacionada con sus negocios, en formato impreso, o en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Lo anterior siempre y cuando, en estos últimos medios se observe lo establecido en la Norma Oficial Mexicana (NOM) sobre la digitalización y conservación de mensajes de datos.

También permite la introducción de avances tecnológicos a las distintas sociedades mercantiles, y otorga mayores facultades a los actuales prestadores de servicios de certificación para que incrementen su oferta de productos y servicios.

Entre las modificaciones se establece que los comerciantes podrán optar por conservar el libro mayor (o de registro de contabilidad mercantil) y sus libros de actas en formato impreso, o en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, siempre y cuando, en estos últimos medios se observe lo establecido en la NOM sobre digitalización y conservación de mensajes de datos.
Precisa que tratándose de medios impresos, los libros deberán estar encuadernados, empastados y foliados. Su encuadernación podrá hacerse a posteriori, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.

Indica de manera específica que la digitalización, o sea la migración de documentos impresos a mensaje de datos, será de acuerdo con lo dispuesto en la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de mensajes de datos que para tal efecto emita la Secretaría de Economía.

Asimismo, las facultades de expedir certificados o de prestar servicios relacionados, como la conservación de mensajes de datos, no conllevan fe pública por sí misma, por lo que los notarios y corredores públicos podrán llevar a cabo certificaciones que impliquen o no la fe pública, en documentos en papel o mensajes de datos.

Aclara que quien aspire a obtener la acreditación como prestador de servicios de certificación, podrá solicitarla respecto de uno o más servicios, a su conveniencia.


Dichos certificados deberán contener, además de la identificación del Prestador de Servicios de Certificación que expide el Certificado, razón social, su nombre de dominio de Internet, la dirección de correo electrónico, en su caso, y los datos de acreditación ante la Secretaría de Economía.

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