lunes, 26 de enero de 2015

Aprobamos reforma constitucional que faculta a mandatarios estatales y Jefe de Gobierno del Distrito Federal a integrar gobiernos de coalición

Amigos:
Quiero comunicarles que en la sesión del 10 de diciembre, aprobamos el dictamen de reforma constitucional que faculta a mandatarios estatales y Jefe de Gobierno del Distrito Federal a integrar gobiernos de coalición para garantizar el respaldo mayoritario y plural en los respectivos congresos y obtener una mayor aceptación en sus actos de gobierno.
El documento modifica los artículos 116 y 122 de la Constitución Política, surge de una iniciativa presentada por el presidente de la Cámara de Diputados, Silvano Aureoles Conejo, el 4 de septiembre pasado, y fue avalado por mayoría calificada con 383 votos a favor, 27 en contra y cinco abstenciones. Se turnó al Senado para su análisis.
Durante su discusión, el Pleno apoyó una reserva presentada por el diputado Fernando Belaunzarán Méndez (PRD) para modificar el segundo artículo transitorio e incluir que el Congreso de la Unión deberá hacer las adecuaciones al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a fin de establecer la figura de los gobiernos de coalición, dado que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no cuenta con dicha facultad.
La reforma enfatiza que las constituciones locales deberán establecer la facultad de los gobernadores y del Jefe de Gobierno del Distrito Federal de optar en cualquier momento por un gobierno de coalición, con uno o varios partidos representados en las legislaturas de los estados.
El gobierno de coalición se regulará por el convenio y el programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes del congreso local; el convenio deberá establecer las causas de la disolución del gobierno de coalición.
Las constituciones locales contemplarán la facultad de las legislaturas de los estados y del Distrito Federal para ratificar los nombramientos que los gobernadores y el Jefe de Gobierno hagan de los funcionarios que integran el gobierno de coalición, con excepción del titular de seguridad pública.
Como disposición transitoria, el documento prevé que las entidades federativas deberán adecuar sus constituciones locales y la legislación correspondiente en un plazo no mayor a 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto.
En las consideraciones, se expone que los gobiernos divididos carecen de sistemas de cooperación en términos formales y la existencia de una oposición predominante limita la actuación entre las fuerza políticas, debilitando no sólo al partido en el gobierno, sino afectando directamente a la ciudadanía.
Se subraya que la reforma busca que las decisiones que se tomen tengan la primicia e interés fundamental de otorgarles a los mexicanos beneficios palpables y consensados de sus gobernantes.

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