por:
Carlos Angulo
Nos
encontramos con un escándalo más en una administración de un Estado de nuestra
federación: el del Estado de Chihuahua, que es el más endeudado del país por
cada uno de sus habitantes. Ante este tipo de problema el Estado mexicano ha
reaccionado con sendas reformas a sus leyes. La de contabilidad gubernamental,
y la reforma constitucional para el control de la deuda pública. Sin embargo,
estas reformas no impactan el endeudamiento de Chihuahua que sucedió antes de
las mismas.
Debemos
de tomar en cuenta que el endeudamiento en sí, aunque se puede catalogar sin
lugar a dudas como irresponsable, ya que su monto abarca más del doble de las
participaciones federales durante el lapso de su pago, no es ilegal. Fue
autorizado siguiendo todos los cánones de ley, con el consenso del Congreso del
Estado. Lo que tiene una supina ilegalidad, es que los préstamos aparentemente
no se utilizaron para el destino para el cual fueron contratados.
Veamos
las cifras:
Hubo
dos grandes rubros de endeudamientos:
I. Para la construcción de carreteras: se
emitieron bonos por un monto de $15,157 millones de pesos. De los cuales, se
utilizaron $5,000 millones de pesos para abonarle a la deuda carretera
contraída con anterioridad, y únicamente $3,000 millones de pesos para la
construcción de carreteras, quedando pendiente de comprobar la suma de $7,000
millones de pesos, que no sabemos en qué se gastaron.
II. Préstamos para obra pública: se
contrataron préstamos por un monto de $24,697 millones de pesos, de los cuales
se utilizaron para realizar obras públicas de infraestructura, la cantidad de
$17,772 millones de pesos. Pero no se han comprobado $6,925 millones de pesos,
que no sabemos en qué se utilizaron.
Si
sumamos las cantidades sin comprobar de $7,000 millones de pesos y de $6,925
millones, tenemos que casi dan los $14,000 millones de pesos, que se han ido a
un fondo negro que no sabemos en qué se utilizó.
El
Código Penal Federal establece el tipo penal de peculado, definiéndolo así:
“Artículo
223.- Comete el delito de peculado:
I.-
Todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su objeto
dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, al
organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los
hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa.
II.-
El servidor público que indebidamente utilice fondos públicos u otorgue alguno
de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y
facultades con el objeto de promover la imagen política o social de su persona,
la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a
cualquier persona.
III.-
Cualquier persona que solicite o acepte realizar las promociones o
denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos público
o del disfrute de los beneficios derivados de los actos a que se refiere el
artículo de uso indebido de atribuciones y facultades, y
IV.-
Cualquier persona que sin tener el carácter de servidor público federal y
estando obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de
recursos públicos federales, los distraiga de su objeto para usos propios o
ajenos o les dé una aplicación distinta a la que se les destinó.”
Si
el Gobernador de Chihuahua no comprueba claramente el destino de los dineros no
utilizados en carreteras u obras públicas, podría caer en la consecución de
peculado, por lo que independientemente del endeudamiento excesivo en el que se
ha incurrido, la distracción de fondos a fines distintos a los que se
contrataron los adeudos, podrían llevar al Gobernador y a sus cómplices,
supuestamente otros funcionarios públicos de su administración, a ser
perseguidos por el Ministerio Público Federal por cuando menos este delito de
peculado, en virtud de que para la contratación de los adeudos se ofreció como
fuente de pago las participaciones federales.
Por
lo anterior, la diputada Rocío Reza y este autor, ejerciendo nuestra
responsabilidad de velar por los fondos de la Federación, interpusimos denuncia
penal por este delito en contra del Gobernador de Chihuahua y su Secretario de
Hacienda.
La
falta de transparencia en el uso de los fondos públicos nos ha llevado a este
tipo de abuso, por eso la importancia de tener mecanismos de transparencia
pre-establecidos, que induzcan a los servidores públicos a actuar conforme a la
ley, y se evite, que después del “niño ahogado”, sea demasiado tarde para
ejercer acciones penales y persecuciones judiciales en contra de los servidores
públicos, lo que difículta la reparación del daño a los chihuahuenses.
Para
darnos una idea de la dimensión del daño. Los $14,000 millones de pesos
perdidos, representa 4.24 veces el presupuesto anual del municipio más grande
de Chihuahua, que es el de Juárez
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