sábado, 11 de julio de 2015

Reformamos el Código Penal Federal, para prevenir falsificación de certificados, sellos y documentos, que muestren el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas

Amigos y amigas:

Les informo que en la sesión del 29 de abril de 2015  aprobamos reformas al Código Penal Federal, a fin de prevenir y eliminar la práctica ilegal de falsificación o violación de certificados, sellos y/o documentos que demuestren el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas (NOM), en perjuicio del consumidor.

El dictamen fue elaborado a partir de una iniciativa que el diputado Rubén Acosta Montoya (PVEM) presentó en noviembre de 2014, reforma y adiciona los artículos 241 y 242 del Código Penal Federal, fue aprobado por 361 votos a favor, cero en contra y seis abstenciones y se turnó al Senado para su análisis.

La Comisión de Justicia, que elaboró el dictamen, indica que este tipo de prácticas ilegales vulneran de manera directa la salud, seguridad, ambiente y, en algunos casos, el patrimonio o la economía de las personas.

Expone que las NOM, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, tienen por objeto regular los productos, procesos y servicios que puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas, dañar la salud humana, animal, vegetal, el ambiente y la seguridad laboral, así como preservar los recursos naturales.

El artículo 241, que contempla sanciones de cuatro a nueve años de prisión y multa de 400 a dos mil pesos, señala que éstas se aplicarán a quien falsifique los certificados, marcas, sellos o documentos de inspección de pesas y medidas.

Especifica que será acreedor a igual sanción, quien falsifique los documentos, los emblemas o ambos, que demuestren el cumplimiento de NOMs o de cualquier otra especificación técnica que tenga por objeto determinar la calidad y seguridad de algún producto, bien o servicio, antes, durante o después de su venta.

En el artículo 242, que comprende multas por 20 mil pesos y penas de hasta tres meses de prisión, se precisa que éstas se aplicarán a quien, para defraudar a otro, utilice o falsifique un documento que demuestra el cumplimiento de NOMs, que había sido expedido para un producto, proceso o servicio distinto.

El documento aprobado refiere que México cuenta con un sistema de normalización.

Este sistema se acompaña de un esquema de evaluación y para ello, tanto las dependencias del gobierno federal como los entes acreditados y aprobados con funciones de organismos de certificación, unidades de verificación y laboratorios, emiten documentos que avalan que los productos, procesos y servicios cumplen la correspondiente NOM.

Menciona que actualmente se comercializan en el país productos o se ofrecen servicios que ostentan irregularmente el cumplimiento de una NOM, al falsificar o falsamente utilizar el documento que demuestra el cumplimiento o, incluso, alterando y violando los dictámenes de organismos de certificación.

Expone que comercializar productos y servicios con documentos falsificados, alterados o que no corresponden que demuestran el cumplimiento de alguna NOM, genera grave deterioro de la seguridad de las personas y de sus bienes e instalaciones.


También provoca la inhibición del crecimiento del sector intelectual e industrial en México; el desprestigio de los productos nacionales que sí cumplen las especificaciones técnicas y el engaño y deterioro del poder adquisitivo del consumidor, entre otras cosas, por lo que es necesario implementar acciones que inhiban esas prácticas.

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