lunes, 29 de junio de 2015

Aprobamos reformar Ley Federal de Trabajo, para proteger a trabajadores de firmar documentos en blanco que impliquen renuncia a despido injustificado

Amigos y amigas:

Les informo que en la sesión ordinaria del 9 de Abril de 2015  aprobamos reformas a la Ley Federal de Trabajo, a fin de que se prohíba expresamente que patrones o empresas obliguen a los trabajadores a firmar documentos en blanco u otros que impliquen la renuncia a sus derechos y/o despidos injustificados.

También establece multas para quienes realicen esas prácticas, las cuales van de 125 y hasta mil 900 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, (que equivaldría en estos momentos a 133 mil 190 pesos).

El dictamen adiciona un párrafo segundo a los artículos 33 y 1006 de esa ley y surge de una iniciativa presentada en septiembre de 2014 por los diputados Claudia Delgadillo González y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del PRI, y Luisa María Alcalde Luján, en ese momento de MC y ahora de Morena.

Fue aprobado por unanimidad, con 299 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

El documento precisa que la firma en blanco es aquélla puesta de antemano por el trabajador sobre una hoja de papel o un documento sin fecha determinada, con el fin de que sea llenado posteriormente por el patrón con declaraciones o renuncias de derechos.

Expone que las reformas a la legislación laboral tienen como objetivo hacer efectivo el derecho de los trabajadores a no ser despedidos injustificadamente, así como a garantizar medios probatorios adecuados en caso de que sean víctimas de un despido simulado a modo de renuncia voluntaria.

El Artículo 33 explica que queda prohibido obligar a los trabajadores a firmar documentos en blanco y en el caso que así fuera, éste podrá acudir a denunciar el hecho ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo local o federal.

En tal caso, la Profedet o la Inspección del Trabajo local o federal conservará en secreto la denuncia, para, si fuera necesario, aportarla como elemento probatorio preconstituido y en caso de que el trabajador sea despedido éste no tendrá valor probatorio.

En materia de sanciones, en el Artículo 1006 se señala que se considerarán documentos falsos aquéllos que, a petición del patrón o de sus representantes, hayan sido firmados en blanco por el trabajador y se aplicarán una multa de 125 a mil 900 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

El documento indica que la Ley Federal del Trabajo, anterior a la reforma, es omisa en cuanto a las renuncias en blanco, debido a que presupone su ilegalidad por tratarse de un acto de simulación.

Esta omisión, dice, ha sido sumamente perjudicial para los trabajadores que, careciendo de todo medio probatorio para acreditar la simulación de una renuncia que contiene firmas auténticas, desisten de hacer valer sus derechos fundamentales por vía jurisdiccional en vista de las dificultades técnicas y legales que ello implicaría.


La reforma a la legislación laboral busca eliminar estas prácticas ultrajantes, establecer garantías para que los trabajadores puedan denunciar abusos de este tipo, sin poner en riesgo su contratación, y sancionar a los patrones que, abusando de la necesidad y la vulnerabilidad de los trabajadores, incurren en este delito, se subraya.

No hay comentarios:

Publicar un comentario