jueves, 11 de junio de 2015

Avalamos reformas a Ley de Vivienda para garantizar que hogares cuenten con dimensiones, materiales y equipamiento adecuado y funcional

Amigos y amigas:

Quiero comunicarles que en la sesión ordinaria del 10 de Marzo de 2015 avalamos  el dictamen de una minuta que reforma la Ley de Vivienda, para incluir los conceptos de “espacios habitables y auxiliares”, a fin de garantizar a las familias una estadía agradable y funcional en sus hogares, con dimensiones, materiales y equipamiento adecuado.

El documento reforma los artículos 2, 6, 19, 43, 71 y 78; y adiciona las fracciones IV y V al artículo 4 de la Ley de Vivienda; provienen de una iniciativa que el senador Isaías González Cuevas (PRI) presentó en 2013, se avaló por unanimidad, con 363 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo para su promulgación.

Señala que se consideran “espacios auxiliares” el lugar de la vivienda donde se desarrollan actividades de trabajo, higiene y circulación, lo que equivale a un área de usos múltiples referida en las características básicas de la vivienda del Programa Nacional de la Vivienda.

También indica que “espacio mínimo habitable”, es el lugar donde se realizan actividades de reunión o descanso.

La Comisión de Vivienda, que elaboró el dictamen de la minuta del Senado, subraya que la vivienda es un elemento clave del desarrollo social, cuya concepción no se limita a su uso como inmueble, sino también como elemento generador del desarrollo social.

Considera que en los últimos años los resultados de la política de vivienda se han centrado en evaluar el número de créditos otorgados y los costos de la construcción y esto ha ido en detrimento de las viviendas de interés social, en donde la calidad de las mismas y espacios habitables ha venido disminuyendo.

Apunta que estas modificaciones se realizan en concordancia con el Programa Nacional de Vivienda 2014-2018, que incluye en sus estrategias la de procurar una vivienda digna para todos los mexicanos, que sea cómoda y cuente con servicios básicos, tanto en el medio urbano como en el rural.

Expone que la vivienda donde se desarrollan actividades de reunión o descanso, debe contar con dimensiones mínimas de superficie, altura, ventilación e iluminación natural, además de tener como mínimo un baño, cocina, estancia-comedor y dos recamaras.

Lo anterior se realizará de conformidad con las características y condiciones mínimas necesarias que establezcan las leyes y las normas oficiales mexicanas, precisa.

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